Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 261-V, jueves 5 de febrero de 2009.


Dictámenes negativos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes negativos
DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, POR EL QUE SE TIENE POR ATENDIDA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA REALIZACIÓN DE UN FORO SOBRE LA SITUACIÓN Y LAS PERSPECTIVAS DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Y DE AUTOPARTES

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a ésta LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictaminen la proposición con punto de acuerdo, relativa a la realización de un foro sobre la situación y perspectiva de la industria automotriz y de autopartes.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de ésta asamblea, el presente dictamen basándose en los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados, el jueves 28 de febrero de 2008, los secretarios de la Mesa Directiva, dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo, relativo a la realización de un foro sobre la situación y perspectiva de la industria automotriz y de autopartes, relativo a la realización de un foro sobre la situación y perspectivas de la industria automotriz para someter a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. Que el Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

• Que la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en coordinación con la Secretaría de Economía del gobierno federal y los sectores involucrados, convoque a un foro sobre la situación y perspectivas de la industria automotriz y autopartes, con el propósito de determinar las medidas de política pública y de carácter legislativo que permitan enfrentar en mejores condiciones la apertura prevista para el 1 de enero de 2009 y para superar los obstáculos que impiden el mejoramiento de la competitividad y la ampliación del mercado interno. Consideraciones

Primera. Que con base a los antecedentes indicados la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que el foro denominado Foro para el diagnóstico y perspectivas del Sector Automotor se llevó a cabo el pasado 16 de julio del 2008 en Puebla, Puebla.

Tercera. Que dicho foro, tuvo por objetivo recoger las propuestas y opiniones sobre las decisiones legislativas del sector automotor en México, con el propósito de vislumbrar las perspectivas para el 2009, con motivo de la apertura de la frontera norte para este sector.

Cuarta. Que en el foro, se desarrollaron temas de gran importancia como la producción, comercialización, importación, régimen fiscal, renovación del parque vehicular y medio ambiente.

Quinta. Que con la realización del foro se pudo concluir que México está en condiciones de aplicar normas como en América del norte, de demostrar las fortalezas y debilidades del mercado interno, así como posibilitar un mayor rendimiento en la cadena productiva y distributiva de sector automotor.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. Toda vez que la Comisión de Economía ha realizado el Foro para el diagnóstico y perspectivas del sector automotor, en coordinación con la Secretaría de Economía del gobierno federal y los sectores involucrados, se tiene por atendida la proposición con punto de acuerdo, relativo a la realización de un foro sobre la situación y perspectiva de la industria automotriz y de autopartes, presentada por el diputado Alberto Amador Leal, del Grupo Parlamentario del PRI.

Segundo. Archívese el presente asunto como asunto como totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de noviembre de 2008.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velásquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum, Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert, Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Amado Orihuela Trejo (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez, Raúl Ríos Gamboa (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira (rúbrica), Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A INDULTAR A DIVERSOS CIUDADANOS DE PUERTO MADERO, CHIAPAS, POR LUCHAR A FAVOR DE UNA JUSTA TARIFA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a indultar a diversos ciudadanos de Puerto Madero, Chiapas, por luchar por una tarifa justa de energía eléctrica.

Antecedentes

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados en fecha 26 de octubre del 2006, fue presentada la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a indultar a diversos ciudadanos de Puerto Madero, Chiapas, por luchar por una tarifa justa de energía eléctrica, presentada por el Diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para estudio y dictamen correspondiente.

En la Gaceta Parlamentaria de fecha 29 de junio de 2007 se publicó el acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados por el que se resuelve el turno de las proposiciones con punto de acuerdo presentadas en la LIX y LX Legislaturas y turnadas a la extinta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, pendientes de dictaminar, a fin de distribuirlas entre las actuales Comisiones de Justicia, y de Derechos Humanos, por lo que esta proposición pasó a la Comisión de Justicia, para estudio y dictamen, sin modificar el turno a las otras comisiones unidas.

Contenido del punto de acuerdo

El proponente expresa que la problemática en materia de seguridad en nuestro país es preocupante ya que la ola de violencia que se vive es de conocimiento de todos y no podemos negarlo, sin embargo, plantea que hay delincuentes que afectan a la sociedad y en cambio, hay presos o delincuentes sociales, como el autor de la proposición les llama, que se encuentran detenidos por violentar la ley por desconocimiento.

En la proposición en comento se dice que los cobros excesivos, injustificados y abusivos de la Comisión Federal de Electricidad dieron origen a estas acciones.

Por último, enuncian los nombres de las personas que están recluidas desde abril de 2002, con la asignación del expediente número 35/2002 en el penal de Tapachula, Chiapas.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis del planteamiento contenido en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el dictamen.

Como en la proposición no se plantean los delitos por los que fueron condenados, el diputado proponente hizo llegar copia de la sentencia en la que se establecen los hechos que dieron origen a la detención, los cuales señalamos a continuación:

El 16 de abril de 2002, un grupo de 41 trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad se dirigieron a la población de Puerto Madero, Chiapas, a efecto de cortar el suministro de luz por adeudos del mismo servicio. Cuando estaban realizando su labor, un grupo de personas se aproximaron exigiéndoles que pararan. Estas personas agruparon a los trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad y, con amenazas y violencia, les exigían que reinstalaran la corriente eléctrica.

A los trabajadores no los dejaron en libertad pese que cumplieron con lo que las personas solicitaban que era reconectar el servicio eléctrico, teniéndolos privados de su libertad. En la noche quemaron dos camionetas incitados por el señor Efraín Martínez Soto.

Ese mismo día, aproximadamente 200 personas cerraron con piedras, troncos y bicicletas de las denominadas triciclos el tramo carretero El Jocote- Puerto Madero, en ambas direcciones, en protesta al alza de las tarifas de energía eléctrica y los cortes al servicio.

El 17 de abril del 2002 se realizó un operativo para rescatar a los trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad con un grupo de 120 elementos de la policía sectorial, 40 elementos de la policía de seguridad pública municipal, 15 elementos de la Policía Federal Preventiva, 30 elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones, 6 elementos de la Agencia Federal de Investigaciones y 4 Agentes del Ministerio Público federal.

Al ver la presencia policial, por medio de altavoces empezaron a amenazarlos y a arrojar bombas molotov. Las fuerzas policiales entraron desalojando la carretera pudiendo rescatar a los trabajadores, culminando el operativo con la detención de las personas que fueron puestas a disposición de los agentes del Ministerio Público de la federación y el retiro de los vehículos propiedad de la Comisión Federal de Electricidad, los cuales habían sido dañados y dos de ellos quemados.

Como se plantea en la proposición con punto de acuerdo, las personas detenidas violentaron la ley por supuesto desconocimiento, pero esta comisión, sabedora del principio relativo a que el desconocimiento de la ley no exime del cumplimiento de ésta, y respetuosa de las determinaciones jurisdiccionales tendientes a mantener un estado de derecho, no considera pertinente emitir un dictamen positivo a esta proposición.

Por otro lado, en el artículo 94 del Código Penal Federal se establece que el indulto no puede concederse sino de sanción impuesta en sentencia irrevocable; los documentos que nos han hecho llegar no establecen si esta sentencia tiene el carácter de irrevocable.

En el mismo Código Penal en su artículo 97 se establece que cuando la conducta observada por el sentenciado refleje un alto grado de readaptación social y su liberación no represente un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, conforme el dictamen del órgano ejecutor de la sanción, se podrá dar el indulto, siempre y cuando no se trate de alguno de los delitos establecidos en el mismo artículo. Al respecto, esta comisión no tiene ningún documento ni el dictamen que establece el numeral citado, por lo cual no tenemos la información necesaria para poder establecer si los ahora sentenciados han demostrado un grado de readaptación social.

Por lo anteriormente expuesto la Comisión de Justicia emite

Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a indultar a diversos ciudadanos de Puerto Madero, Chiapas, por luchar por una tarifa justa de energía eléctrica, presentado por el diputado Fernel Arturo Gálvez Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 26 de octubre de 2006.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2008.

La Comisión de Justicia

Diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Felipe Borrego Estrada (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich, Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), José Manuel del Río Virgen, Antonio de Jesús Díaz Athié, Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa, Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano (rúbrica), Omeheira López Reyna, Victorio Rubén Montalvo Rojas, Jesús Ricardo Morales Manzo, Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso, Édgar Armando Olvera Higuera (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Alfredo Adolfo Ríos Camarena, Yadhira Yvette Tamayo Herrera (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA CELEBRACIÓN DEL PRIMER CONGRESO MUNDIAL DEL DEPORTE

Honorable Asamblea:

La Comisión de Juventud y Deporte de la LX Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 64, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

A la Comisión de Juventud y Deporte de la LX Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente número 4734, que contiene una proposición con punto de acuerdo relacionado con la celebración del primer Congreso Mundial del Deporte, presentado por los diputados Mauricio Ortiz Proal y José Jesús Reyna García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en sesión de la Cámara de Diputados del 23 de octubre de 2008.

Los promoventes resaltan que en las últimas décadas la actividad deportiva se ha extendido y diversificado en todo el mundo, cuando el deporte de alto rendimiento se ha desarrollado en forma constante; esta situación contrasta, lamentablemente, con el delicado problema que aqueja a la población mexicana con el binomio sedentarismo-obesidad, un problema de salud pública que, desafortunadamente, se estanca ante los constantes y crecientes conflictos entre los actores del ámbito deportivo.

No obstante, los diputados promoventes, convencidos del potencial de la población mexicana y sus deportistas, expresan que, si bien se cumplieron las expectativas de la participación de los deportistas mexicanos en los Juegos Olímpicos celebrados en agosto de 2008 en Beijing, China, cierto es que se pueden mejorar los resultados. En este sentido, apuestan al desarrollo del país a través de mecanismos como, por ejemplo, impulsar la profesionalización de la industria del deporte, la mercadotecnia deportiva con la intervención de líderes del deporte nacionales e internacionales, fortalecer el vínculo entre el deporte y la educación, etcétera; viendo como gran oportunidad para el avance en estos objetivos la realización del primer Congreso Mundial del Deporte, programado para realizarse en la Ciudad de México, Distrito Federal, del 23 al 25 de octubre de 2008, con la convicción de sumar esfuerzos para convocar a los diversos actores del universo deportivo, que sirva para vislumbrar las medidas deben asumirse entre los diferentes sectores y ámbitos del gobierno para fortalecer el deporte en México.

La Comisión de Juventud y Deporte procedió al estudio y análisis del punto de acuerdo de referencia, llevando a cabo, para tal efecto, diversas reuniones de trabajo con los integrantes de la misma, hasta alcanzar el dictamen que hoy se presenta, con las siguientes

Consideraciones

Que los diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte tienen plena consciencia y convicción de que el deporte y las otras expresiones de cultura física son instrumentos primordiales para la prevención, recuperación, incremento y promoción de la salud física; que impactan decisivamente en la prevención y atención de conductas antisociales como la delincuencia y la drogadicción; que promueven la cohesión social con alto impacto positivo en su desarrollo integral.

Que es una obligación del gobierno federal implementar, apoyar y promover las acciones que desarrollen el deporte en la sociedad mexicana, con la finalidad, entre otras, de generar una cultura deportiva entre la población, sobre todo para quienes no cuentan con el acceso a la infraestructura y programas deportivos en sus consideraciones más básicas, tanto en el ámbito rural como el urbano.

Que nuestra población tiene graves problemas de salud física en su población, como la obesidad, que se ha incrementado en más del 30 por ciento durante las últimas dos décadas, y contribuye a un número cercano a las 200 mil muertes por año, consecuencia del desencadenamiento de otras enfermedades y complicaciones como la diabetes; de acuerdo con la primer Encuesta Nacional de Salud de México, en 1999; problema que hasta el 2006 aumentó en promedio un 10 por ciento en todas las edades y grupos socioeconómicos, como lo muestran los resultados de la segunda Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006; y que, en efecto, eventos como el congreso en materia deportiva, al que se refieren los promoventes, impulsan el desarrollo de la cultura física y el deporte, con sus consecuentes beneficios en la salud física y social de la población.

Con base en lo mencionado, esta Comisión de Juventud y Deporte no sólo apoya la propuesta de los diputados que la presentan, sino que además se suma a ella. Lamentablemente, el expediente que contiene el asunto que hoy se analiza tuvo un desfase en el tiempo para su turno a la comisión; toda vez que fue turnado a este órgano legislativo en sesión del 23 de octubre de 2008, fecha en la que dio inicio el Congreso Mundial del Deporte objeto de la propuesta, lo que hizo imposible cumplir con la intención de los legisladores. Sin embargo, los diputados integrantes plantearon la conveniencia de expresar la simpatía de la Cámara de Diputados hacia este tipo de expresiones de fomento a la cultura física, promoción de becas de instituciones de educación superior para los deportistas, concentración de figuras mundiales del deporte para estimular a seguir su ejemplo, reconocimiento a los mejores deportistas mexicanos de la actualidad y del pasado, estimular el interés de empresarios por invertir en el deporte nacional y promover el nombre de México en el extranjero. Por ello, los diputados integrantes hacen votos para que este tipo de promociones tengan éxito a favor del deporte nacional, y recomiendan que, en lo sucesivo, asuntos con importancia y evidente urgencia como éste sean turnados para su análisis y dictamen con la suficiente anticipación para su despacho oportuno.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Comisión de Juventud y Deporte emite el siguiente

Dictamen

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las Secretarías de Educación Pública y de Salud, y al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, para que en el ámbito de sus respectivas competencias promuevan la participación en el primer Congreso Mundial del Deporte, a celebrarse en la Ciudad de México del 23 al 25 de octubre de 2008; presentada por los diputados Mauricio Ortiz Proal y José Jesús Reyna García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en sesión del 23 de octubre de 2008.

Segundo. Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

Salón de Sesiones de la Comisión de Juventud y Deporte, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2008.

La Comisión de Juventud y Deporte

Diputados: Elizabeth Morales García (rúbrica), presidenta; Gregorio Barradas Miravete, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Daisy Selene Hernández Gaytán (rúbrica), Gerardo Lagunes Gallina (rúbrica), Francisco Elizondo Garrido (rúbrica), José Luis Aguilera Rico (rúbrica), Francisco Sánchez Ramos, Alma Hilda Medina Macías (rúbrica), José Inés Palafox Núñez (rúbrica), secretarios; Salvador Barajas del Toro, Gustavo Fernando Caballero Camargo (rúbrica), Ricardo Franco Cazarez (rúbrica), Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica), Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Francisco Javier Plascencia Alonso (rúbrica), Celso David Pulido Santiago (rúbrica), Martín Ramos Castellanos (rúbrica), Rafael Villicaña García (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza (rúbrica), Alma Xóchitl Cardona Benavides (rúbrica), Fidel Antuña Batista (rúbrica), José de Jesús Solano Muñoz (rúbrica), Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, Jorge Luis de la Garza Treviño, Emilio Ulloa Pérez, Carlos Alberto Torres Torres (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES AMBIENTALES EN LAS LABORES DE RESCATE Y EL EVENTUAL TRASLADO, DESGUACE O DISPOSICIÓN FINAL DEL TRANSBORDADOR EL ARCÁNGEL

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 3455, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales en las labores de rescate, así como del eventual traslado, desguace o disposición final del transbordador El Arcángel, presentada por el diputado Cruz Pérez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN).

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIV, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. El 4 de marzo de 2008, el diputado Cruz Pérez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a verificar el cumplimiento de las disposiciones ambientales en las labores de rescate, así como del eventual traslado, desguace o disposición final del transbordador El Arcángel.

Segundo. En la misma fecha, el expediente número 3455, que contiene la proposición con punto de acuerdo referida, fue turnado a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con el Plan Nacional de Medio Ambiente 2007-2012, una de las prioridades de la política pública es el cuidado y la conservación de nuestra riqueza biológica.1 Entre ésta figura la zona de arrecifes coralinos de Puerto Morelos, que forma parte de la barrera coralina Gran Cinturón de Arrecifes del Atlántico Occidental, la segunda más grande del mundo.

Puerto Morelos se localiza en Benito Juárez, Quintana Roo, a 18 kilómetros al sur del aeropuerto internacional de Cancún y siguiendo la costa, a 36 kilómetros al norte de Playa del Carmen. En este lugar habitan aproximadamente 3 mil 500 personas. Su clima es cálido subhúmedo y registra una temperatura promedio de 26.3 grados Celsius.2

La importancia de esta zona de arrecifes radica no sólo en su extensión sino, también, en que es uno de los ecosistemas más ricos, complejos y productivos, pues puede llegar a albergar hasta 1 millón de especies, entre las que figuran los corales, los moluscos, los crustáceos, las algas, los equinodermos y los peces.

El arrecife de Puerto Morelos es de tipo bordeante extendido y, de acuerdo con la topografía del fondo y las características bióticas, se divide en seis zonas: "orilla, laguna, arrecife oeste o posterior, cresta arrecifal (o rompiente arrecifal), arrecife este o frontal y plataforma arenosa".3 Entre las especies de coral que se encuentran en la zona destacan el coral cuerno de alce (Acropora palmata); coral cuerno de ciervo (Acropora cervicornis) y coral organillo (Plexaura homomalla).4 Estas especies están clasificadas como "sujetas a protección especial" en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, "Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo".

La vegetación marina dominante son pastos marinos de las especies Thalassia testudinum y Syringodium filiforme; algas rhizofíticas Penicillus capitatus, Rhipocephalus phoenix, R. oblongus, Udotea flabellum, U. spinulosa y Halimeda incrasata. Por su parte, la vegetación terrestre es característica de las zonas costeras; destacan las halófilas: Canavalia rosea-Sesuvium portulacastrum-Sporobolus virginicus; el matorral costero bumelia americana-Pithecellobium keyense-Suriana marítima y Metopium brownei-Pouteria campechiana-Thrinax radiata; mangle rojo (Rizophora mangle), sujeta a protección especial; mangle botoncillo (Conocarpus erectus), mangle blanco (Laguncularia racemosa); chicozapote (Manilkara zapota), chechem (Metopium brownei), chacá (Bursera simaruba), las palmas de chit (Thrinax radiata), xiat (Chamaedorea seifrizii) y huano (Sabal yapa).5

La fauna marina es rica y diversa. Se han registrado 669 especies de vertebrados e invertebrados, pertenecientes a 75 órdenes. Entre las especies de fauna marina destacan los quelonios, particularmente la tortuga caguama (Caretta caretta), la tortuga verde (Chelonia mydas) y la tortuga carey (Eretmochelys imbricata), todas ellas clasificadas como en peligro de extinción en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, "Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo".

También se encuentran los peces mojarra (Gerres cinereus), sardina del género Harengula, pargo (Lutjanus anales), jurel (Caranx bartholomaei y C. crysos) y chacchis (Haemulon spp.). Por ello no sorprende que el arrecife de Puerto Morelos, igual que los otros, sea sitio idóneo para la alimentación, la reproducción y la crianza de especies comerciales de peces.

Los servicios ambientales que este ecosistema provee son muy importantes, de los cuales destaca el resguardo que hace sobre la zona costera de los daños que pueden ocasionar las tormentas tropicales y los huracanes. Asimismo, evita la erosión del suelo y las inundaciones, pues entre la zona que separa el arrecife de la costa se encuentra un importante desarrollo de pastos marinos que, a la vez que retiene los sedimentos, disminuye la fuerza del oleaje.

Uno de los objetivos de la política ambiental nacional para el desarrollo sustentable de océanos y costas es "conducir un desarrollo sustentable de estas regiones, que se exprese en la salud de sus ecosistemas, y en el desarrollo económico y social de las poblaciones que la habitan (para el mejoramiento de su calidad de vida y la prevención de de riesgos ambientales)".6 No obstante, la presión que las actividades humanas ejercen en este tipo de ecosistemas es de tal magnitud, que hoy, de acuerdo con el Grupo de Monitoreo Global de Arrecifes de Coral, 20 por ciento de los arrecifes del mundo ha sido destruido y no hay indicios de que pueda recuperarse, mientras que 24 por ciento de los arrecifes mundiales se encuentra en riesgo inminente de colapso, debido a la presión que sobre ellos ejercen las actividades humanas, y un 26 por ciento más se encuentra en riesgo de colapso a largo plazo.7 Ante la ausencia de la implantación de una política pública eficiente de protección, conservación y aprovechamiento sustentable, el arrecife de Puerto Morelos no estará exento de este destino.

Un claro ejemplo de la amenaza a los arrecifes de Puerto Morelos es el que motiva el presente dictamen: el encallamiento de la embarcación El Arcángel. Los hechos se remontan al 22 de marzo de 2007, cuando la Dirección de Marina Mercante de la Coordinación General de Puertos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dio la anuencia a la compañía naviera San Miguel, SA de CV, para que el transbordador El Arcángel prestara el servicio de transporte de carga en Cozumel. Tras una serie de incidentes en los que quedó evidenciada la deficiencia mecánica del transbordador, la compañía naviera informó que enviaría la nave a Cuba para ser reparada.

Lamentablemente, el martes 13 de octubre de ese año, el mal tiempo rompió las amarras del transbordador y el oleaje lo arrastró hasta un banco de arena en el que quedó varado, a escasos 500 metros de distancia de los arrecifes de Puerto Morelos. El 15 de noviembre de 2007 tuvo verificativo un intento fallido de remolcar el transbordador, destacándose que las labores de salvataje provocaron la remoción del sedimento, que –se teme– pudo ocasionar daños al arrecife.

El incidente de El Arcángel es uno de tantos que han ocurrido en la zona; el más reciente es el de la embarcación Cembay, que tuvo lugar el 6 de abril de 2008. De acuerdo con las autoridades encargadas del manejo del área natural protegida, con categoría de parque nacional, Arrecifes de Puerto Morelos, de 1996 a la fecha se han afectado más de 3 mil metros cuadrados de arrecifes.8

A más de seis meses del encallamiento de El Arcángel y tras una ardua negociación con la compañía aseguradora, la naviera San Miguel, SA de CV, informó que en abril estaría en condiciones de llevar a cabo el salvataje de la nave.9 Con el tiempo, el oleaje ha ladeado el barco, por lo que éste se ha cercado a fin de evitar un incidente de mayores proporciones.

La comisión dictaminadora reconoce la importancia del caso que motiva el presente dictamen; sin embargo, lo considera improcedente, en razón de que con fecha 4 de enero del presente, el diputado Gregorio Barradas Miravete, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente una proposición con punto de acuerdo en los mismos términos que la que se somete a dictamen. Dicha proposición fue turnada a la Tercera Comisión y aprobada por el Pleno de la Comisión Permanente en la sesión celebrada el 16 de enero de 2008, como queda demostrado en la versión estenográfica que a continuación se transcribe:

La secretaria diputada Laura Angélica Rojas Hernández: De la Tercera Comisión, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que dé seguimiento puntual a las labores de rescate, así como el eventual traslado, desguace o disposición final del trasbordador El Arcángel.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Está a discusión el punto de acuerdo. Aquí en este punto tampoco se ha inscrito nadie, por lo que se considera suficientemente discutido y se reserva para su votación económica en conjunto…

La secretaria diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se aprueban los puntos de acuerdo. Los legisladores que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Los legisladores que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señora Presidenta, mayoría por la afirmativa.

La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Aprobados, los puntos de acuerdo; comuníquense.10

Con base en lo expuesto, los legisladores de la comisión que dictamina se permiten someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a dar seguimiento puntual a las labores de rescate, así como al eventual traslado, desguace o disposición final del transbordador El Arcángel, verificando el cabal cumplimiento de las disposiciones legales que regulan la materia para evitar daños a los recursos naturales o a los ecosistemas, e informe a la honorable Cámara de Diputados de las medidas tomadas, presentado por el diputado Cruz Pérez Cuéllar, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 4 de marzo de 2008.

Notas
1. Véase Presidencia de la República, 2007. "Eje 4. Sustentabilidad Ambiental", Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, México, páginas 234 y siguientes.
2. "Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo", Enciclopedia de los municipios, en http://www.e-mexico.gob.mx/wb2/eMex/eMex_Quintana_Roo_ep. Página consultada el 21 de abril de 2008.
3. Instituto Nacional de Ecología y Comunidad de Puerto Morelos, Quintana Roo. 2000. Programa de Manejo del Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos, México, página 26.
4. Ibídem, páginas 26-32.
5. Ídem.
6. Semarnat, 2007. "2. Marco Institucional", Estrategia Nacional para el Ordenamiento Ecológico del Territorio en Mares y Costas, México, página 3.
7. Wilkinson, C. (editor), 2004. Status of coral reefs of the world 2004, volúmenes 1 y 2, Global Coral Reef Monitoring Network.
8. "Destruyen encallamientos el arrecife", Noticaribe, 16 de noviembre de 2007, en http://www.noticaribe.com.mx/cancun/2007/11/destruyen_encallamiento_el _arrecife.html. Página consultada el 21 de abril de 2008.
9. "Rescatarían en abril El Arcángel", Noticaribe, 25 de marzo de 2008, en http://www.noticaribe.com.mx/cancun/2008/03/rescatarian_en_abril_a _el_arcangel.html. Página consultada el 21 de abril de 2008.
10. Dirección General de Crónica y Gaceta Parlamentaria, 2008. "Versión estenográfica de la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 16 de enero de 2008", Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, LX Legislatura, México, en http://cronica.diputados.gob.mx/. Página consultada el 21 de abril de 2008.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández, José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González, José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz, María Soledad López Torres, Rafael Villicaña García, Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez, Roberto Mendoza Flores, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas, Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE QUE INVESTIGUEN A LAS EMPRESAS KIMBERLY-CLARK DE MÉXICO Y KALTEX ANTE LOS POSIBLES DAÑOS ECOLÓGICOS EN EL RÍO SAN JUAN, DE SAN JUAN DEL RÍO, QUERÉTARO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnado, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 3037, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) que investiguen a las empresas Kimberly-Clark de México y Kaltex, ante los posibles daños ecológicos en el río San Juan, de San Juan del Río, Querétaro, presentada por el diputado José Luis Aguilera Rico, del Grupo Parlamentario de Convergencia.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, los integrantes de esta comisión ordinaria, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXIII, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 60, 65, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada el 13 de diciembre de 2007 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado José Luis Aguilera Rico, del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó ante el Pleno una proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Semarnat y a la Profepa que investiguen a las empresas Kimberly-Clark de México y Kaltex ante los posibles daños ecológicos en el Río San Juan, de San Juan del Río, Querétaro.

Segundo. Con la misma fecha, dicha proposición con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

La industria en México es una de las principales fuentes de contaminación de cuerpos de agua, como consecuencia de que la mayor parte de las empresas establecidas en territorio mexicano no cuenta con un adecuado sistema de tratamiento de aguas residuales, descargándolas muchas de las veces sin sanear, directamente a los lagos o ríos más cercanos, contaminando de forma tal que el agua ya no es apta para el consumo humano ni para los ecosistemas.

En las partes llanas del sureste y suroeste de Querétaro hay gran actividad económica, principalmente en cinco municipios industriales: San Juan del Río, Pedro Escobedo, El Marqués, Querétaro y Corregidora. Destacando un sendero industrial de aproximadamente 80 kilómetros, donde se encuentran instaladas aproximadamente 2 mil 600 empresas de diferentes giros y que representan 80.5 por ciento de las instaladas en el estado.

La gran actividad industrial y el crecimiento urbano que distinguen a Querétaro han repercutido indiscutiblemente en el aumento de la generación de contaminantes que afectan a la entidad. En ese sentido va encaminada la inquietud del diputado promovente, quien manifiesta en la exposición de motivos: "Durante más de 10 años se han denunciado diversas anomalías ambientales en el río San Juan, situado en San Juan del Río, Querétaro… Por ello acudimos ante el Pleno de la Cámara de Diputados federal para denunciar y exhortar a las autoridades ambientales federales para que realice las investigaciones necesarias y finque las responsabilidades ambientales de lo que se ha detectado en el municipio de San Juan del Río, en el caso específico de Kimberly-Clark de México, SA de CV, y Kaltex…"

En este contexto, es de resaltar que aun y cuando no había dictamen alguno elaborado del presente punto de acuerdo, el 18 de marzo de 2008 el subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, Cuauhtémoc Cardona Benavides, remitió a esta soberanía un oficio para conocimiento mediante el cual envía el oficio número PFPA/SII/196.3/ 0066-08, signado por el ingeniero Gustavo Mario González González, subprocurador de Inspección Industrial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el que se da respuesta a lo planteado en la proposición en estudio y señala que Kaltex es considerada una empresa que cumple las disposiciones ambientales, y que se encuentra certificada en el Programa Nacional de Auditoría Ambiental como industria limpia desde septiembre de 2007; ha recibido su tercer refrendo con una vigencia hasta 2009. Menciona que desde 2006 cuenta con una planta de tratamiento de aguas residuales, lo que garantiza la protección de las especies acuáticas y avala el cumplimiento de la NOM-001-SEMARNART-1996, que establece los límites máximos de contaminantes permitidos en las descargas de afluentes. Manifiesta que los lodos de la planta de tratamiento no representan un riesgo, ya que no tienen características CRETI (corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos e inflamables), por lo que cumplen la NOM-004-SEMARNAT-02, que determina las especificaciones y el límite máximo de lodos y biosólidos permitidos para su aprovechamiento y disposición final. Además, menciona que desde 2007 la empresa obtuvo autorización del gobierno del estado para operar un sitio controlado de depósito de lodos en la localidad El Jazmín.

Con relación a Kimberly-Clark de México, señala que ésta se encuentra en proceso de obtener la acreditación como industria limpia. Manifiesta que actualmente la empresa realiza trabajos de campo para presentar su diagnóstico ambiental y que, aunado a ello, cuenta con autorización, vigente hasta 2012, de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del gobierno del estado de México, para la disposición de los lodos de su planta de tratamiento de aguas residuales, que son dispuestos en el banco de tiro de la comunidad Dolores Godoy, en San Juan del Río. Asimismo, refiere que el análisis CRETI de los residuos sólidos indica que éstos no son peligrosos y que, en materia de aguas residuales, Kimberly Clark obtuvo en 2007 certificado de calidad del agua, emitido por el Subdirección General de Administración del Agua de la Comisión Nacional del Agua, el que constata que sus descargas cumplen la calidad y la normatividad aplicable. Concluye que las posibles fuentes de contaminación del río San Juan a que se hace referencia en el punto de acuerdo en estudio no provienen de esas empresas.

Aunado a lo anterior, el subprocurador de Inspección Industrial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente señala que el 21 de febrero de 2008 se inició la auditoría ambiental del municipio de San Juan del Río, en el rubro de manejo integral de residuos. El protocolo de firma contó con la presencia del presidente municipal, el delegado de la Profepa, los secretarios de Desarrollo Municipal, y de Servicios Públicos Municipales, y la Unidad de Verificación, que evaluará el desempeño ambiental del ayuntamiento.

Mencionó que, de encontrarse tramos afectados por la presencia de residuos sólidos, peligrosos o de manejo especial, éstos serán considerados en un plan de acción donde se establecerán las medidas preventivas y correctivas que deberá emprender el ayuntamiento de San Juan del Río, como parte del proyecto Cuenca Limpia.

Ahora bien, de lo transcrito en párrafos anteriores se advierte que ha quedado subsanada la inquietud del diputado promovente. Por tal motivo, la comisión dictaminadora considera que queda sin materia la presente proposición con punto de acuerdo.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales nos permitimos someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha el punto de acuerdo por el que se solicita a la Semarnat y a la Profepa que investiguen a las empresas Kimberly-Clark de México y Kaltex ante los posibles daños ecológicos en el río San Juan, de San Juan del Río, Querétaro, presentado por el diputado José Luis Aguilera Rico, del Grupo Parlamentario de Convergencia, el 13 de diciembre de 2007.

Nota
* Antonio Aranda Regalado, Beatriz del Rocío Verduzco Cuéllar. Universidad Autónoma de Querétaro, Centro de Estudios Académicos sobre Contaminación Ambiental, Facultad de Química.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro de la Cámara de Diputados, a 9 de diciembre de 2008.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas (rúbrica), presidente; Jesús de León Tello (rúbrica), Christian Martín Lujano Nicolás (rúbrica), Lucía Susana Mendoza Morales (rúbrica), Benjamín Hernández Silva (rúbrica), María Mercedes Colín Guadarrama (rúbrica), secretarios; Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Adriana Dávila Fernández, José Antonio Díaz García (rúbrica), Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Juan Manuel Villanueva Arjona (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González, José Guillermo Fuentes Ortiz (rúbrica), Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz, María Soledad López Torres, Rafael Villicaña García, Juan Hugo de la Rosa García (rúbrica), Carlos Roberto Martínez Martínez (rúbrica), Armando Barreiro Pérez, Roberto Mendoza Flores, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Carlos Ernesto Zataráin González (rúbrica), José Ascención Orihuela Bárcenas, Víctor Manuel Méndez Lanz (rúbrica), Octavio Fuentes Téllez (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Humberto López Lena Cruz.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE POBLACIÓN, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LAS CONCLUSIONES DE LA CONFERENCIA NACIONAL DE GOBERNADORES DEL 31 DE OCTUBRE DE 2003 RELATIVAS A LA CAUSA DE LOS MIGRANTES MEXICANOS Y SUS FAMILIAS

Quienes suscribimos, integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 45, párrafo 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica y en los artículos 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior todos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la asamblea el presente dictamen a la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Omar Bazán en la LIX Legislatura, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Que en fecha 11 de noviembre de 2003 el diputado Omar Bazán Flores, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó proposición con punto de acuerdo para que se den a conocer al Pleno de esta Cámara de Diputados las conclusiones de la Confederación Nacional de Gobernadores (Conago), del 31 de octubre de ese mismo año, sobre la causa de los migrantes mexicanos y sus familias.

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: "túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios".

Consideraciones

Esta comisión, después de revisar los antecedentes que dieron origen a la presentación del punto de acuerdo por el entonces diputado Omar Bazán, ha decidido desechar la misma, por dos fundamentos esenciales:

1. Posterior a la presentación del punto de acuerdo por del diputado Omar Bazán, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados dio la instrucción de que se insertara el texto integro de la minuta de la reunión de la Conago en el Diario de los Debates.

2. Si bien el objetivo del diputado proponente era que se diera lectura al dictamen que emitió la Conago, y el cual por cuestiones de procedimiento parlamentario acordado, no podía llevarse a cabo, y habiéndose dado las indicaciones antes mencionadas, el trámite que se debió haber dictado por la Mesa Directiva, era en un sentido de turnarla a esta comisión sólo para su conocimiento y no en el sentido de emitir dictamen, acerca de algo ya resuelto.

3. Por otro lado, las situaciones que motivaron la presentación del punto de acuerdo, han quedado obsoletas en virtud de que muchas de las propuestas planteadas por la Conago solicitaban un incremento en el presupuesto para los migrantes para el ejercicio de 2004.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para que se den a conocer al Pleno de la Cámara de Diputados las conclusiones de la Conago sobre la causa de los migrantes mexicanos y sus familias, presentada por el diputado Omar Bazán Flores, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional el 11 de noviembre de 2003 (LIX Legislatura).

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo, a 2 de diciembre de 2008.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Diputados: Antonio Valladolid Rodríguez (rúbrica), presidente; Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), secretarios; Carlos Augusto Bracho González (rúbrica), Daniel Chávez García (rúbrica), Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez, Elia Hernández Núñez, Omeheira López Reyna (rúbrica), María Dolores González Sánchez, Francisco Javier Gudiño Ortiz (rúbrica), Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Silbestre Álvarez Ramón, Alberto Amaro Corona (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Erick López Barriga (rúbrica), Camerino Eleazar Márquez Madrid (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, Antonio de Jesús Díaz Athié, Ivette Jacqueline Ramírez Corral, Guillermina López Balbuena, Isael Villa Villa (rúbrica), José Luis Aguilera Rico, Irma Piñeyro Arias (rúbrica), Pascual Bellizzia Rosique (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HIDRÁULICOS, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LA EJECUCIÓN DEL TRATADO DE DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS INTERNACIONALES DE LOS RÍOS COLORADO, TIJUANA Y BRAVO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados le fue turnada, para su análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo sobre la ejecución del tratado de distribución de las aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo, presentada por el diputado Enrique Cárdenas del Avellano.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esa honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 26 de octubre de 2006, el diputado Enrique Cárdenas del Avellano presentó proposición con punto de acuerdo sobre la ejecución del tratado de distribución de aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición, turnándola a la Comisión de Recursos Hidráulicos, para su análisis y dictamen.

Esta comisión dictaminadora procedió al estudio de la proposición materia de este dictamen, analizando cuidadosamente el siguiente

Contenido de la proposición

1. El proponente señala que México ha venido cumpliendo los compromisos asumidos mediante el Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales entre los Estados Unidos Mexicanos y Estados Unidos de América, los cuales consisten: "por un lado, en entregar a Estados Unidos de América la tercera parte de los escurrimientos provenientes de los seis ríos aforados, esto es los ríos Conchos, Escondido, San Rodrigo, San Diego, Arroyo de las Vacas y Salado, y que dicha tercera parte no debe ser menor de un promedio de 430 millones de metros cúbicos al año en lapsos medidos en ciclos de cinco años, y por el otro, que... México debe entregar el 50 por ciento de los volúmenes de agua no aforados".

2. Señala también que, mediante acta suscrita por el gobierno federal, en 2004, se dispuso la utilización de volúmenes de agua no aforados con el fin de saldar el déficit con Estados Unidos, correspondiente a los ciclos 25 y 26, el cual ascendió a alrededor de mil 800 millones de metros cúbicos, y que a partir de 2002, cuando se abrió el ciclo 27, el gobierno federal ha entregado aguas de los ríos no aforados, para ponerse al corriente.

Además, expresa el proponente, el gobierno federal adelantó anualmente un volumen de 431.7 millones de metros cúbicos, mismos que están comprometidos a entregarse en un promedio de 5 años, según letra del Tratado, impactando negativamente a los usuarios y productores tamaulipecos.

3. El diputado proponente afirma que en marzo de 2005 el director general de la Comisión Nacional del Agua asumió el compromiso con el gobernador del estado de Tamaulipas de que independientemente de la entrega anticipada de volúmenes de agua a Estados Unidos para pagar el déficit de los ciclos 25 y 26, los concesionarios y asignatarios tamaulipecos que se abastecen del río Bravo, recibirían oportunamente los volúmenes autorizados en sus títulos respectivos.

4. Por otro lado, el proponente expone que la autoridades de Tamaulipas tienen la presunción de que las autoridades federales de México continúan entregando anticipadamente volúmenes de agua reflejados sensiblemente en los niveles de la presas internacionales La Amistad y Falcón, para cubrir año con año el ciclo 27, lo que perjudica a los productores y usuarios de Tamaulipas, porque los despoja del recurso acuífero que legítimamente les corresponde, en virtud de que dicho pago, según letra del tratado debe hacerse cada 5 años y no de manera anual.

5. Enfatiza en que el comisionado de México ante la Comisión Internacional de Límites y Aguas ha negado la entrega indebida de aguas a Estados Unidos, y se ha negado a informar respecto a los presuntos pagos indebidos.

6. El proponente manifiesta también su desacuerdo y preocupación por la forma errónea en que el gobierno federal ha conducido este trascendental y delicado asunto, y reitera el exhorto al gobierno federal, para que cumpla con la obligación del pago convenido con los agricultores del distrito 25.

Finalmente, el diputado proponente plantea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorte a las autoridades federales en la materia a que actúen con estricta sujeción a los términos del tratado de distribución de aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo suscrito por nuestro país en 1944, en el sentido de que cese su actitud negligente de utilizar volúmenes de agua no aforados y/o no comprendidos en este tratado.

Segundo. Respetuosos de las atribuciones del Ejecutivo federal en materia de administración de las aguas internacionales, se cite a que comparezca ante esta asamblea, al titular de la Comisión Nacional del Agua, para que explique de manera pormenorizada las entregas irregulares de agua a Estados Unidos de América, y a que presente un informe detallado en el que con toda claridad se dé cuenta actualizada respecto de las negociaciones y los términos del programa de pagos, incluidos plazos, volúmenes, compromisos, y presente datos vigentes en materia de concesionamiento.

Tercero. Que el gobierno federal cumpla con el compromiso que asumió con los usuarios del distrito de riego 025 de pagarles una indemnización por los daños que se les han ocasionado debido a las faltas en que han incurrido en el cumplimiento del mencionado tratado.

Una vez analizada la proposición que nos ocupa, esta Comisión de Recursos Hidráulicos expone las siguientes:

Consideraciones

Primera. Estimamos loable la preocupación del diputado proponente por atender las necesidades en materia de agua, de los productores agrícolas del estado de Tamaulipas, quienes se abastecen del río Bravo.

Segunda. Coincidimos con el proponente en que México ha venido cumpliendo los compromisos asumidos mediante el Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales entre los Estados Unidos Mexicanos y Estados Unidos de América, celebrado el 3 de febrero de 1944.

Tercera. Estimamos pertinente aclarar que de acuerdo con dicho tratado, del total del caudal que llegue a la corriente principal del río Bravo, procedente de los ríos Conchos, San Diego, San Rodrigo, Escondido, Salado y Arroyo de las Vacas, dos terceras partes corresponden a México y una tercera parte a Estados Unidos; esta última, no será menor en conjunto, en promedio y en ciclos de cinco años consecutivos, de 431 millones 721 mil metros cúbicos anuales. En cuanto a los recursos no aforados que comprende afluentes al río Bravo, entre Fort Quitman y la presa inferior principal (Falcón), provenientes tanto de Estados Unidos como de México, éstos se distribuyen en partes iguales entre las dos naciones. Por otro lado, el propio Tratado establece que en casos de extraordinaria sequía o de serio accidente en los sistemas hidráulicos de los afluentes mexicanos aforados que hagan difícil para México dejar escurrir los 431.7 millones de metros cúbicos anuales que se asignan a Estados Unidos como aportación mínima de dichos afluentes, los faltantes que existieren al final del ciclo de 5 años se repondrán en el ciclo siguiente con agua procedente de los mismos tributarios.

En relación con la consideración anterior, es pertinente apuntar que en el Foro de análisis sobre la sustentabilidad del agua en la frontera México-Estados Unidos, celebrado los días 14 y 15 de febrero de 2006 en la Cámara de Diputados, la Comisión Nacional del Agua informó sobre la contabilidad de las aguas del río Bravo entregadas a Estados Unidos de América, conforme al tratado sobre distribución de las aguas internacionales entre ambos países. De dicha información se desprende que, debido a la sequía que se presentó en la cuenca del río Bravo, a partir del ciclo 25 que inició en octubre de 1992, no se cumplió con el volumen mínimo de 431.7 millones de metros cúbicos anuales de agua que especifica el tratado a favor de Estados Unidos.

En el ciclo 25 se entregaron un total de 895 millones 280 mil metros cúbicos; por lo que se acumuló un débito de mil 263 millones 325 mil metros cúbicos.

Durante el ciclo 26 (octubre de 1997-septiembre de 2002), continuó el mismo panorama los primeros dos años. En el tercer año, México empezó a cumplir con los compromisos del tratado en cuanto al déficit acumulado, aunque durante el quinto año, nuevamente creció el déficit, para cerrar el ciclo 26 con un adeudo de 365 millones 787 mil metros cúbicos de agua.

Así, el adeudo de aguas a Estados Unidos correspondientes a los ciclos 25 y 26, conforme al tratado, alcanzó un volumen de 1, 629 millones 112 mil metros cúbicos de agua.

A partir del ciclo 27 (octubre de 2002 a septiembre de 2007), México hizo mayores esfuerzos para cubrir el débito acumulado. En los primeros dos años de este ciclo se entregaron volúmenes adicionales al mínimo comprometido que permitieron reducir el débito total de agua a 884 millones de metros cúbicos para finales de 2004.

Durante el tercer año del ciclo 27 (octubre de 2004-septiembre de 2005), México acordó con Estados Unidos cubrir dicho débito para cerrar los ciclos 25 y 26; así, el 16 de octubre de 2005 se completaron los 884 millones de metros cúbicos con los cuales se saldaron los ciclos 25 y 26.

Efectivamente, el pago del débito a que hemos hecho referencia se hizo con agua perteneciente a México con recursos hídricos no aforados y con trasvases de las presas La Amistad, y Falcón, así como con recursos aforados, con estricto apego a los compromisos y en los términos establecidos en el tratado.

En la consideración de esta comisión dictaminadora no cabe otra interpretación al tratado que la estrictamente gramatical, en cuanto al compromiso de México de cubrir un volumen mínimo de 431.7 millones de metros cúbicos anuales, con lo que se desvirtúa el supuesto pago anticipado o adelantado de dichos volúmenes por México.

De tal manera, esta dictaminadora estima improcedente exhortar a las autoridades federales en materia de recursos hidráulicos, para que actúen con estricta sujeción a los términos del Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales entre los Estados Unidos Mexicanos y Estados Unidos de América, ya que no existen elementos que confirmen una actitud negligente del gobierno federal en el uso de volúmenes de agua no aforados y/o no comprendidos en el tratado, en virtud de que este incluye la distribución de todas las aguas, aforadas y no aforadas, que alimentan al río Bravo, y la distribución de dichas aguas está claramente definida en el artículo 4o. del tratado entre cuyas disposiciones se encuentra la referida al pago del débito que se genere entre los dos estados nación, a cargo del Estado mexicano, el cual deberá cubrirse con los volúmenes de agua que le corresponden conforme al propio instrumento internacional.

En virtud de que no existen elementos concluyentes de la existencia de entregas irregulares de agua de México a Estados Unidos de América, y en virtud de que se cuenta con la información sobre las formas de pago de los débitos generados en los ciclos 25 y 26, a favor de Estados Unidos, esta dictaminadora estima improcedente citar a que comparezca al Titular de la Comisión Nacional del Agua para que explique los supuestos referidos.

Finalmente, en relación con la indemnización a los usuarios del distrito de riego 025, por los daños ocasionados por el pago de agua a Estados Unidos, mediante el boletín 091/03, de jueves 17 de abril de 2003, publicado por la Presidencia de la República, como resultado del diálogo y la concertación entre los gobiernos federal y estatal, el Congreso de la Unión y los productores, el secretario de Agricultura del gobierno federal y el gobernador de Tamaulipas, entregaron recursos por 460 millones de pesos por concepto de compensación, por única vez a 15 mil 313 usuarios del distrito de riego 025, bajo río Bravo, quienes se vieron afectados en sus programas de siembra por el pago de agua a Estados Unidos.

Esta comisión dictaminadora, no cuenta con elementos que den certeza de la existencia de una obligación incumplida en concepto de pago por indemnización a los usuarios del distrito de riego 025 por parte del Ejecutivo federal, adicional a la compensación a que se refiere el párrafo anterior. Por ello, reconocemos improcedente exhortar al gobierno federal a que cumpla "el compromiso que asumió con los usuarios del distrito de riego 025, de pagarles una indemnización por los daños que se les han ocasionado debido a las faltas en que han incurrido en el cumplimiento del tratado".

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos, somete a la consideración de ésta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo sobre la ejecución del tratado de distribución de las aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo, presentada por el diputado Enrique Cárdenas del Avellano.

Segundo. Archívese el asunto como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de diciembre de 2008.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Jesús Manuel Patrón Montalvo (rúbrica), presidente; Antonio Medellín Varela (rúbrica), Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Lourdes Alonso Flores, Cuitláhuac Condado Escamilla, José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gustavo Ildefonso Mendívil Amparán (rúbrica), secretarios; Pedro Armendáriz García, Edmundo Javier Bolaños Aguilar (rúbrica), Modesto Brito González (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez (rúbrica), Diego Cobo Terrazas, Felipe González Ruiz (rúbrica), David Lara Compeán (rúbrica), Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Irineo Mendoza Mendoza, Pedro Montalvo Gómez (rúbrica), Héctor Hugo Olivares Ventura, Antonio Ortega Martínez (rúbrica), José Inés Palafox Núñez, Francisco Javier Paredes Rodríguez (rúbrica), Santiago Gustavo Pedro Cortés, Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica), Ramón Salas López, Martín Stefanonni Mazzocco (rúbrica), Gerardo Octavio Vargas Landeros (rúbrica), César Augusto Verástegui Ostos.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE ESTA SOBERANÍA FELICITA AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO ESPAÑOL POR LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN LOS PASADOS COMICIOS Y SU CONSIGUIENTE REELECCIÓN, Y LE DESEA UNA GESTIÓN FAVORABLE, POR EL BIEN DE ESPAÑA Y DE SUS CIUDADANOS

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento de lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

I. El 25 de marzo de 2008, los diputados Alejandro Landero Gutiérrez y María Eugenia Campos Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron una proposición con punto de acuerdo relativo a las elecciones celebradas en España, el pasado domingo 9 de marzo, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

1. La honorable Cámara de Diputados felicita al presidente del gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, por lo resultados obtenidos en las pasadas elecciones del 9 de marzo de 2008 y su consiguiente reelección, deseándole una gestión favorable por el bien de España y sus ciudadanos.

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó a la Junta de Coordinación Política la proposición con punto de acuerdo, solicitando ésta última la modificación del turno dictado mediante oficio número JCP/HCL/ARH/DRA/1103/010408 con fecha 1 de abril de 2008.

III. El 8 de abril de 2008, la Mesa Directiva concedió la modificación del turno dictado a la propuesta, enviándose a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presentó el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

Desde el reestablecimiento de las relaciones diplomáticas en marzo de 1977, entre México y España, cuando la dictadura franquista terminaba y comenzaban a crearse los espacios para instaurar la democracia, en especial, con la promulgación de la Ley de Asociación que daría la pauta para crear partidos políticos de manera legal en España y con la puesta a discusión sobre la legislación electoral en México, ambos países se involucraron en circunstancias similares que buscaban fortalecer la política interna de forma legal, plural y efectiva.

Posteriormente, ambos países mostraron avances que les permitieron oficializar las relaciones económicas, migratorias y comerciales que se habían afectado y debilitado.

Instaurada la democracia, ambos gobiernos han mantenido una relación estrecha y de mutuo respeto, compartiendo ideales y valores propios de una democracia como la tolerancia, el respeto y la equidad, de manera independiente a la ideología del partido que se encuentre en el gobierno, es por ello que compartimos y respaldamos la declaración hecha por Rodríguez Zapatero en referencia a la gobernabilidad sin crispaciones, ya que sólo de esta manera se generan pactos de Estado que permiten legislar en claro beneficio para el país.

Asimismo, valoramos la intención que ha sido manifestada en diversas ocasiones por el presidente español, sobre la importancia que representa México para las inversiones sustentables españolas, así como fortalecer la economía mexicana en beneficio de ambas naciones, dando impulso a la mutua cooperación económica, educativa, cultural, turística y de combate al terrorismo.

No obstante, esta comisión considera que el tema principal del punto de acuerdo carece de vigencia, dado que las elecciones presidenciales se realizaron hace más de medio año.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta Soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo de los diputados Alejandro Landero Gutiérrez y María Eugenia Campos Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, relativa a la reelección del presidente del gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, por considerarse extemporáneo.

Segundo. Archívese como asunto totalmente concluido.

Honorable Cámara de Diputados, a 10 de diciembre de 2008.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitin, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Alliet Mariana Bautista Bravo, César Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera, Alejandro Chanona Burguete, Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez, Cruz Pérez Cuellar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Rosaura Virginia Denegre Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez, Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR A LAS SECRETARÍAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, Y DE RELACIONES EXTERIORES, Y A LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL QUE INFORMEN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DE LA LEY DE NACIONALIDAD RESPECTO AL NOMBRAMIENTO DEL CIUDADANO JUAN CAMILO MOURIÑO TERRAZO COMO SECRETARIO DE GOBERNACIÓN

Honorable Asamblea

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

I. El 30 de abril de 2008, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo respecto al cumplimiento de la Ley de Nacionalidad en el nombramiento del ciudadano Juan Camilo Mouriño como secretario de Gobernación, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

Único. Se solicita a las Secretarías de la Función Pública, y de Relaciones Exteriores, así como a la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal que informen a esta soberanía, de manera expedita, sobre el cumplimiento de los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad respecto del nombramiento del ciudadano Juan Camilo Mouriño Terrazo como titular de la Secretaría de Gobernación. II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable asamblea turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:

Consideraciones

Si bien es cierto que existieron algunas opiniones en el ámbito público que levantaron sospechas respecto al cumplimiento de los requisitos de nacionalidad establecidos por el marco jurídico mexicano para ocupar cargos en el servicio público, en el caso particular del nombramiento del ciudadano Juan Camilo Mouriño Terrazo como Secretario de Gobernación, la discusión del tema resulta irrelevante actualmente.

A la luz de los hechos acontecidos el pasado 4 de noviembre en la ciudad de México esta comisión considera que no hay materia para dictaminar la proposición.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, respecto al cumplimiento de la Ley de Nacionalidad en el nombramiento del ciudadano Juan Camilo Mouriño como secretario de Gobernación, por carecer de materia para dictaminar.

Segundo. Archívese como asunto totalmente concluido.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Alliet Mariana Bautista Bravo, César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera, Alejandro Chanona Burguete, Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez, Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), María de Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Rosaura Virginia Denegre-Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez, Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO EN RECONOCIMIENTO DEL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE CHILE, JUAN BUSTOS RAMÍREZ, FALLECIDO EL 7 DE AGOSTO DE 2008

Honorable Asamblea:

La Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

I. El 27 de agosto de 2008, el diputado Jaime Verdín Saldaña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una proposición con punto de acuerdo relativa al fallecimiento del Presidente de la Cámara de Diputados de la República de Chile, Juan Bustos Ramírez, en el cual se pone a consideración de la asamblea el siguiente punto:

1. En reconocimiento de las valiosas aportaciones de Juan Bustos Ramírez a la vida política de su país, que en su momento enriquecieron también la vida política latinoamericana, se turnen nuestras condolencias a la Cámara de Diputados de la República de Chile por tan sensible fallecimiento.

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados para su análisis y elaboración de dictamen correspondiente.

La Comisión de Relaciones Exteriores presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

El pasado 7 de agosto de 2008 falleció en Santiago de Chile, Juan Bustos Ramírez, destacado abogado penalista, excelente catedrático y político chileno, que desde hacía unos meses ocupaba la Presidencia de la Cámara de Diputados de su país.

Juan Bustos Ramírez obtuvo en 1960 el título de licenciado en derecho, con una tesis sobre el concurso ideal de delitos. Ese mismo año se dirigió a España, gracias a una beca del Instituto de Cultura Hispánica,1 para estudiar el doctorado en derecho en la Universidad Complutense de Madrid. Posteriormente, en 1962, mediante una beca de Deutsche Akademische Austauschdienst,2 ingresó a la Universidad de Bonn para estudiar bajo la dirección del profesor Hans Welzel, quien revolucionaba el ambiente jurídico penal con su teoría de la acción finalista.

En 1965 regresó a Chile, incorporándose como investigador al Seminario de Derecho Penal de la Universidad de Chile, dirigido por Álvaro Bunster.

Su trayectoria política comenzó en 1955, cuando ingresó al Partido Socialista Chileno. En 1970 el presidente Salvador Allende nombró, entre otros asesores, a tres eminentes catedráticos de Derecho penal chilenos: Álvaro Bunster, Eduardo Novoa Monreal y Juan Bustos. Después del Golpe Militar, Bustos se fue exiliado a Buenos Aires, Argentina; aquí fue detenido, en octubre de 1975, en la llamada "Operación Cóndor" de las dictaduras del Cono Sur. Permaneció seis meses en prisión y logró su libertad gracias a la gestión del profesor Armin Kaufman y a las autoridades alemanas.

En 1997 fue electo diputado por el distrito número 12 (Comunas de Limache, Quilpué, Villa Alemana y Olmué) y reelegido para los periodos 2002-2006 y 2006-2010. En su labor como diputado integró la Comisión Permanente de Constitución, Legislación y Justicia, la que presidió durante un tiempo. Asumió la presidencia de la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2008.

Entre otras actividades, se dedicó a escribir y produjo una gran cantidad de monografías, como también artículos en publicaciones periódicas, especialmente en distintas materias del derecho penal.

La Comisión de Relaciones Exteriores lamenta profundamente el fallecimiento de Juan Bustos Ramírez, Presidente de la Cámara de Diputados de la República de Chile y muy destacado miembro del Partido Socialista de Chile, quien se distinguió por su espíritu democrático y su meritoria e incansable defensa de los derechos humanos.

No obstante, esta comisión considera que el tema principal del punto de acuerdo carece de vigencia, dado que el fallecimiento ocurrió hace varios meses.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo del diputado Jaime Verdín Saldaña, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, relativa al fallecimiento del Presidente de la Cámara de Diputados de la República de Chile, por considerarse extemporáneo

Segundo.-Archívese como asunto totalmente concluido.

Notas
1. Corporación de derecho público destinada a fomentar las relaciones entre los pueblos hispanoamericanos y España.
2. Servicio Alemán de Intercambio Académico.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 10 de diciembre de 2008.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Alliet Mariana Bautista Bravo, César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera, Alejandro Chanona Burguete, Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez, Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), María de Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Rosaura Virginia Denegre-Vaught Ramírez (rúbrica), Antonio Soto Sánchez, Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBERNADOR DE SONORA A CONTRIBUIR, CON LAS AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD DEL ESTADO, A RESOLVER LA HUELGA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES ACADÉMICOS DE DICHA INSTITUCIÓN

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Se exhorta al gobernador constitucional de Sonora, Eduardo Bours Castelo, a instrumentar, conjuntamente con las autoridades de la Universidad de Sonora, las medidas, recursos económicos y mecanismos suficientes para dar cumplimiento al pliego petitorio de los trabajadores académicos agrupados en el Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora; a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura; presentada el 26 de abril de 2007. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se menciona anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 24 de abril de 2007.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Refiere la proposición que se dictamina que el 16 de abril de 2007 el Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora (STAUS) acordó declararse en huelga debido a que no se llegó a un arreglo laboral que beneficiara a la comunidad académica.

Asimismo, indica que una de las .principales demandas del STAUS es analizar las repercusiones que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora (ISSSTE-Son) produce en el sueldo de los maestros y en el presupuesto de la universidad.

Lo anterior, debido a que las autoridades universitarias ofrecen un incremento de 3.8 por ciento al salario, pero se pretende cobrar 4 por ciento más de ISSSTE-Son, con lo cual, no sólo se diluye el aumento salarial, sino que se ocasiona un decremento del mismo.

Señala el proponente que la falta de disposición por parte del gobierno estatal para coadyuvar en la solución, y la crisis económica que desde hace años padece la Universidad de Sonora, hacen prever que el conflicto pueda durar varios días o meses, principalmente por la negativa expresa del gobernador Eduardo Bours de intervenir en la solución del mismo; lo que repercute negativamente sobre la comunidad estudiantil, que perderá muchas horas de clase por este asunto, que con intencionalidad política de autoridades estatales y universitarias se podría resolver rápidamente.

Derivado de lo anterior, considera que esta Cámara de Diputados debe realizar un exhorto a1 gobernador Eduardo Bours para que otorgue los recursos suficientes a la universidad, con el fin de enfrentar satisfactoriamente los reclamos justos de sus trabajadores académicos.

Por otra parte, señala que la institución académica enfrenta grandes retos para cubrir las necesidades que exige su matrícula; ya que ésta ha aumentado hasta alcanzar un total de 29 mil 809 alumnos; y que su crecimiento ha sido acorde a las necesidades de los sectores productivos y las necesidades sociales y de desarrollo del Estado, pero el presupuesto no ha crecido en la misma proporción.

Agrega el proponente que actualmente la Universidad imparte 76 programas de licenciatura, 17 de maestría y 4 doctorados. Además, que a partir de sus logros académicos ha alcanzado el reconocimiento de excelencia académica en 9 maestrías y doctorados, y que su calidad docente ha permitido pasar, en tan sólo cinco años, de 94 a 124 académicos integrados en el Sistema Nacional de Investigadores.

Finalmente, señala el legislador que la importancia de los logros educativos de la Universidad de Sonora está basada en la calidad de sus docentes, quienes se han comprometido con una creciente especialización para contribuir al desarrollo económico, intelectual y social de Sonora.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina:

Del análisis realizado a los argumentos anteriores se puede observar que los conflictos laborales de la Universidad de Sonora con sus trabajadores corresponden a la competencia local, e involucran directamente a las autoridades universitarias y al propio gobierno de Sonora.

Esta comisión tiene conocimiento de que la huelga estalló el 3 de abril de 2008, se resolvió el 25 de abril del mismo año, acordándose un incremento del 4.25 por ciento directo al salario, 4.8 por ciento en prestaciones, y el pago del 100 por ciento de salarios caídos.

Por lo tanto, esta dictaminadora considera que no es necesaria la intervención de la autoridad mencionada en la proposición con punto de acuerdo que se resuelve, máxime que dicha problemática ha sido superada, por lo que el punto de acuerdo de referencia ha quedado sin materia.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Por lo expuesto, deséchese el punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador constitucional de Sonora, Eduardo Tours Castelo, a instrumentar, junto a las autoridades de la Universidad de Sonora, las medidas, recursos económicos y mecanismos suficientes para dar cumplimiento al pliego petitorio de los trabajadores agrupados en el Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora; a cargo del diputado Carlos Ernesto Navarro López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura; presentada el 26 de abril de 2007. Descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Noelia Ibarra Fránquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL A SOLUCIONAR EL CONFLICTO QUE MANTIENEN LOS MINEROS DE MEXICANA DE CANANEA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX legislatura, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Que exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a resolver el conflicto que mantienen los mineros de la empresa Mexicana de Cananea; a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LX legislatura, presentado el 13 de diciembre del 2007. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionan anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 9 de octubre de 2007. Turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L 60-II-4-1039, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Manifiesta el legislador en la proposición que se dictamina que en el mes de julio de 2007 estalló la huelga en la mina de Cananea, en Sonora, debido a las condiciones de inseguridad en los centros donde laboran miles de trabadores mineros.

Señala el proponente que esa acción legal se hizo con el propósito de prevenir que sigan ocurriendo más muertes, como ocurrió a los mineros de Pasta de Conchos, que laborando bajo condiciones paupérrimas de seguridad perdieron la vida.

Asimismo, manifiesta que para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo está claro que las empresas del Grupo México no tienen el más mínimo interés en realizar las inversiones que se requieren para mejorar las condiciones laborales de los mineros. Considera que para las empresas mencionadas están primero las ganancias de la empresa, después todo lo que pueda venir.

Manifiesta que por esa razón no quieren dar cumplimiento a lo que estipula el contrato colectivo de trabajo que mantiene con el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, entre ellas reabrir la clínica obrera con sede en Cananea, que cerraron desde 1999, con el argumento de que no había recursos.

De igual forma, el proponente señala que, en cambio, no se han escatimado esfuerzos para ampliar sus negocios fuera de nuestro país, mediante asociaciones y adquisiciones de empresas mineras de otras naciones, pero al trabajador sólo les interesa explotarlo.

Asimismo, continua señalando que no les ha importado dejar paralizada la región de Cananea, Sonora, que depende en lo fundamental del trabajo de las minas, y que tampoco les ha interesado la suerte de las familias de los obreros que trabajan para ellos, que dependen en lo fundamental del salario de los mineros.

Indica que lo más grave de la posición de la empresa minera de Cananea, perteneciente al Grupo México, es que habiendo una bonanza económica desde hace varios años, producto de los altos precios del cobre en el mercado mundial, se niega a participar de esos beneficios a los mineros, que son quienes sostienen la creación de la riqueza que detenta ese corporativo.

El legislador proponente manifiesta que a los 70 días del emplazamiento a huelga; la solución no llegó, porque ni la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ni la empresa, tuvieron interés en dar salida a este conflicto laboral.

Establece que para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la Secretaría del Trabajo no está cumpliendo con su papel de mediador en el conflicto, porque en lugar de asumir una posición de conciliación ha tomado partido abiertamente a favor de la empresa.

Considera el autor del punto de acuerdo que esa misma posición la ha asumido el gobernador de Sonora, Eduardo Bours Castelo, para quien desde un principio la huelga era ilegal; sin embargo, las autoridades laborales federales le demostraron que carecía de sustento y la huelga fue declarada legal.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

De la información recabada por esta comisión se advierte que el 30 de julio de 2007 el sindicato minero estalló la huelga en la unidad minera de Cananea, en Sonora, aduciendo condiciones deficientes en materia de seguridad e higiene en el trabajo, no obstante que durante el período de prehuelga las empresas se habían intentado allanar a las prestaciones específicas que estuvieron relacionadas con estos temas.

El 11 de enero de 1008, en acatamiento a lo dispuesto por el Poder Judicial, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) notificó al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República, la declaración de inexistencia de la huelga estallada por dicho sindicato el 30 de julio de 2007, en la unidad minera de Cananea, Sonora. El mismo 11 de enero de 2008, el sindicato minero promovió juicio de amparo contra la determinación de la JFCA sobre la inexistencia de la huelga.

Posteriormente, el 14 de febrero de 2008, el juez sexto de distrito en materia de trabajo en el Distrito Federal concedió el amparo solicitado por el sindicato. La empresa impugnó la referida resolución al interponer la revisión ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, quien confirmó el amparo concedido por el juez sexto de distrito, el cual consideró que la huelga debía ser declarada legalmente existente. En cumplimiento a lo anterior, la JFCA, el 28 de abril de 2008, notificó que la huelga de Cananea era legalmente existente.

No obstante, se tiene conocimiento que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha venido realizando trabajos de conciliación entre el sindicato y la empresa, a fin de buscar acercar las posiciones de las partes tendientes al levantamiento de las huelgas, tanto de Cananea, como de las existentes en Taxco, Guerrero y San Martín en Sombrerete, Zacatecas. Al efecto, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha llevado a cabo una decena de reuniones para identificar con la máxima precisión posible las posiciones respectivas, e incluso, por primera vez en dos años, hubo reuniones entre miembros del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Minero y los más altos funcionarios de Grupo Minera México.

Sin embargo, es de mencionar que, no obstante haber avanzado en aspectos relacionados con el tema de seguridad e higiene en la empresa, y haberse realizado en la mina de Cananea una inspección extraordinaria en la materia con la presencia de personas representativas de ambas partes, no ha sido posible avanzar en la solución de este conflicto, en virtud de que ha prevalecido el encono y desconfianza mutua, en cuanto a los aspectos relacionados con peticiones económicas y asuntos de orden penal locales en Cananea, lo cual ha impedido que los esfuerzos de conciliación mencionados hubiesen obtenido el resultado deseado, que permitiera el levantamiento de las huelgas y, por ende, el beneficio de los trabajadores, sus familias y también de la actividad productiva de la empresa en la localidad en la cual la actividad minera es su principal fuente de subsistencia económica y social.

Esta comisión dictaminadora ha identificado que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha reiterado en múltiples ocasiones que mantendrá sus puertas abiertas para el caso de que las partes deseen reanudar negociaciones tendientes a resolver el asunto motivo de esta información, invitando tanto a la empresa como al sindicato para que lo hagan pronto con un alto sentido de generosidad y responsabilidad mutua, habida cuenta de que de así hacerla, resultarán beneficiados los trabajadores, sus familias y también la actividad productiva de una empresa de gran importancia para la minería nacional e internacional.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Por lo expuesto, deséchese el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a resolver el conflicto que mantienen los mineros de la empresa Mexicana de Cananea; a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LX Legislatura, presentado el 13 de diciembre del 2007. Descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Noelia Ibarra Fránquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR LA COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL EN TORNO DEL VIOLENTO DESALOJO DE LOS MINEROS DE CANANEA, SONORA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX legislatura, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Para solicitar la comparecencia del Secretario del Trabajo y Previsión Social en torno al violento desalojo de los mineros de Cananea, Sonora, a cargo del diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, presentado el miércoles 23 de enero del 2008. Con fundamento en lo dispuesto en los articulas 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionan anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 23 de enero de 2008. Turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-2-1199, dirigido al presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Manifiesta el legislador .en la proposición que se dictamina que a poco más de un siglo de la histórica huelga de Cananea reprimida salvajemente en el año de 1906, un gobierno sin memoria histórica y sin respeto alguno a nuestra Constitución, ordenó una nueva, ominosa y criminal represión contra los mineros de este municipio de Sonora, que están en huelga desde el 30 de julio de 2007, demandando mejores condiciones de seguridad e higiene, para evitar homicidios industriales como los de Pasta de Conchos.

Continua señalando el proponente que en este caso, el derecho se uso de manera tramposa e inmoral, ya que antes de que el sindicato minero fuera notificado de la declaración de inexistencia de la huelga resuelta por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en contra de los mineros de la sección 65, de Cananea, Sonora; a partir de las 5 de la mañana del pasado 11 de enero, comenzó el despliegue de las fuerzas represivas integradas por militares y policías federales y estatales, quienes a las 10 de la mañana comenzaron la agresión y que el saldo final fue de 40 trabajadores heridos, 5 detenidos, y 5 desaparecidos, incluida la esposa de un trabajador.

Menciona el legislador que con la intervención de entre 800 y mil agentes de seguridad, se violó de manera flagrante el artículo 123 constitucional, que consagra como garantía constitucional el derecho de huelga; pero de manera más específica se desconoció lo establecido por el artículo 932 de la Ley Federal del Trabajo, ya que además de que el sindicato minero no fue legalmente notificado, se desconoció el término de 24 horas que los trabajadores tenían para regresar a su trabajo. Considera entonces que los trabajadores fueron tratados como si la huelga hubiera sido declarada ilícita y no inexistente. Asimismo, señala que tal declaración de inexistencia careció de absoluta base legal.

Agrega el proponente que así continuaron las fuerzas represivas en la mina de Cananea, Sonora, y que en abierta violación de la suspensión provisional decretada por el sexto juez de distrito en materia laboral, se buscó romper la huelga mediante la contratación de esquiroles.

Señala también que con el desalojo de los mineros de Cananea, Sonora, no sólo se continuó con la política de absoluto menosprecio de los derechos del pueblo trabajador, sino con la criminalización de sus luchas, sin medir las consecuencias, que esto puede traer a la paz social. En este sentido, menciona que debe destacarse la inconstitucional intervención de miembros del Ejército mexicano en el desalojo.

Asimismo, continua señalando el proponente que incumpliendo la obligación que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene establecida en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y que a la letra dice: "I. Vigilar la observancia y la aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 123 y otros de la Constitución federal; en la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos;" el señor Javier Lozano Alarcón al igual que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje se han transformado en fieles cancerberos de los intereses del capital, como en este caso defensores a ultranza del Grupo México, echando por la borda su obligación establecida en el artículo citado.

Agrega el proponente que cuando se rompe la política y el diálogo, y se preferencia la persecución y la represión, sólo se difiere la verdadera solución de los problemas, que debe estar basada en la legalidad y la justicia.

Concluye señalando que con la persecución sistemática de las luchas sociales, en el fondo se busca romper toda resistencia a un proyecto que busca transformar al país, en un paraíso de neoesclavitud (sic) asalariada, al servicio especialmente de las trasnacionales y de una plutocracia nacional, insaciables.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

De la información recabada por esta comisión, se advierte que como se hizo del conocimiento público en su momento, el viernes 11 de enero de 2008, en acatamiento a lo dispuesto en el Poder Judicial, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, JFCA, notificó al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero), la declaración de inexistencia de la huelga estallada por dicho sindicato el lunes 30 de julio de 2007, en la Unidad Minera de Cananea, Sonora.

Derivado de la declaración mencionada, en términos de lo dispuesto en el artículo 932, fracción 1, de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores contaban con un plazo no mayor de 24 horas para regresar a sus puestos de trabajo, so pena de que la empresa pudiera rescindir, sin responsabilidad para la misma, las relaciones laborales a aquellos trabajadores que no se presentaran a trabajar.

Para facilitarles a los empleados el derecho al trabajo, la JFCA solicitó, en su momento, el auxilio de la fuerza pública federal y del estado de Sonora, a fin de otorgar las garantías necesarias para que los trabajadores pudieran regresas con absoluta libertad. a sus puestos de trabajo en la referida Unidad Minera de Cananea. Así pues, la presencia de la fuerza pública tuvo únicamente efectos preventivos y de ninguna manera represivos.

Conforme a la información recabada, esta comisión considera que en dichos hechos no hubo intervención violenta o desalojo de trabajadores por parte de la fuerza pública. La presencia policíaca, como se ha señalado, obedeció a un requerimiento de auxilio por parte del tribunal laboral correspondiente, para que en forma preventiva se actuara de manera disuasiva y no represiva, a efecto de evitar enfrentamientos entre grupos de trabajadores. Asimismo, es de mencionarse que los elementos de seguridad no iban armados y su único propósito era el de garantizar la libertad de trabajo.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Por lo expuesto, deséchese el punto de acuerdo para solicitar la comparecencia del secretario del Trabajo y Previsión Social en torno al violento desalojo de los mineros de Cananea, Sonora, a cargo del diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, presentado el miércoles 23 de enero del 2008, descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), presidente; Juan Manuel Sandoval Murguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), secretarios; Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A REALIZAR –MEDIANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA– LAS INDAGATORIAS CONDUCENTES A ESCLARECER LO ACAECIDO EL 19 DE FEBRERO DE 2006 EN LA MINA PASTA DE CONCHOS, SITUADA EN SAN JUAN DE SABINAS, NUEVA ROSITA, COAHUILA, CONCESIONADA A INDUSTRIAL MINERA MÉXICO, DE GRUPO MÉXICO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Que exhorta al Ejecutivo federal a realizar, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Procuraduría General de la República, las indagatorias para esclarecer lo acaecido el 19 de febrero de 2006, en la mina Pasta de Conchos, situada en San Juan de Sabinas, Nueva Rosita, Coahuila, concesionada a Industrial Minera México, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LX legislatura, presentado el 30 de abril del 2008. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionan anteriormente; publicada en la Gaceta Par1amentaria de fecha 19 de febrero de 2008; y turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-1-1614, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Manifiesta el legislador en la proposición que se dictamina que el 19 de febrero de 2006 se produjo un accidente en la mina Pasta de Conchos, concesionada a Industrial Minera México, del Grupo México, dirigida por Germán Larrea Mota Velasco, ubicada en la comunidad de San Juan de Sabinas, en el municipio de Nueva Rosita, Coahuila.

Agrega el proponente que la falta de cumplimiento de un elemental protocolo de seguridad, que la minera debió haber establecido conjuntamente con las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y con el sindicato respectivo, desembocó en el accidente, en que 65 mineros fallecieron, precisamente por la indolencia antes referida.

Continúa señalando que no se clarificaron las causas de la catástrofe y lo único cierto es que 65 familias se quedaron sin el sostén que significa un padre de ellas, no sólo en lo económico, sino también en diversos aspectos de su vida cotidiana.

Considera el legislador que, por parte de las autoridades, lo único cierto es que como resultado de sus arduas investigaciones tomó una medida ejemplar, y se sancionó con un año de inhabilitación a cuatro empleados menores de la delegación de la secretaría en comento.

Menciona el legislador que en la época en que sucedieron los hechos, durante el sexenio del Presidente Vicente Fox, el titular de la STPS era Francisco Javier Salazar Sáenz, quien ante la ira justificada de los familiares que lo increpaban por su falta de acción.

Señala también que, en el pasado reciente, Javier Lozano Alarcón, actual titular de la Secretaría citada, no ha hecho nada que se le deba agradecer para dilucidar lo acaecido y fincar las responsabilidades que correspondan a quienes resulten culpables por los ilícitos cometidos, salvo la inhabilitación mencionada con anterioridad.

Asimismo, continua señalando el proponente que, a dos años de la tragedia de Pasta de Conchos, los deudos de los mineros fallecidos claman por justicia, porque no bastan los miserables recursos económicos que les quieren dar para comprar su silencio, sin que se les entreguen los cuerpos de las víctimas para darles sepultura de acuerdo con sus creencias.

Finalmente, señala que es indispensable que en esta evocación fatal, el titular del gobierno federal ordene que de inmediato la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Procuraduría General de la República se aboquen a llevar a cabo la investigación que finalmente instaure los juicios penales que previsiblemente resulten.

Debido a lo expuesto, demanda lo siguiente:

Punto de Acuerdo

Único: La LX legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión demanda al ciudadano Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, titular del Poder Ejecutivo, que ordene a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como a la Procuraduría General de la República, que se hagan las indagatorias que correspondan con el fin de esclarecer los hechos acaecidos el 19 de febrero de 2006 en la mina Pasta de Conchos, ubicada en San Juan de Sabinas, Nueva Rosita, Coahuila, concesionada a Industrial Minera México, del Grupo México.

2. la comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta opina lo siguiente:

Del análisis de la información recabada por esta comisión, se advierte que para la atención de las consecuencias derivadas del accidente ocurrido el 19 de febrero de 2006 en la mina 8 de la unidad Pasta de Conchos, en San Juan de Sabinas, Coahuila, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social estableció diversas acciones al respecto, de los que destaca lo siguiente:

• Comunicar, en su oportunidad, las causas que originaron la explosión en el referido centro de trabajo: En primer término, es muy importante mencionar que no existe disposición legal alguna que establezca como obligación de la STPS el determinar las causas de los accidentes en los centros de trabajo. En efecto, de conformidad con el artículo 541 de la Ley Federal del Trabajo, a la Secretaría le corresponde ordenar las medidas de seguridad en los centros de trabajo y vigilar su cumplimiento, buscando con ello la protección de los trabajadores, pero de ninguna manera está facultada para determinar cuáles son las causas o motivos que dan origen a este tipo de siniestros, como es el caso de la explosión de la mina Pasta de Conchos.

La vigilancia de las actividades que se desarrollan en las minas no es una facultad exclusiva de la STPS, sino que en ella intervienen las Secretarías de Economía, y del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

También se considera oportuno señalar que esta comisión no advierte que exista fundamento legal para que la autoridad laboral ordene a la empresa la reanudación de las labores de rescate, además de que los sustentos técnicos con que se cuenta desaconsejan sugerir siquiera nuevos esfuerzos en ese sentido.

Por lo que, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio Geológico Mexicano, contratado por las Secretarías de Economía, y del Trabajo y Previsión Social, se presentaron dos hipótesis como causas del accidente, las cuales pudieran confirmarse solamente en el caso en que fuera factible ingresar a la mina, y son las siguientes:

– Como primera hipótesis se estableció que algún frente de trabajo operaba a una capacidad mayor a las doscientas cincuenta toneladas por hora y que los desprendimientos de gas metano de carbón elevaron su presencia a niveles explosivos. Las posibles fuentes de calor para generar la explosión podrían haber sido la fricción entre la herramienta de corte del minero continuo y el carbón, aunque no se descarta la producida por fallas en los equipos eléctricos.

– La segunda hipótesis establece que la explosión pudo ser generada por la acumulación de polvo de carbón en los transportadores de banda y a lo largo de las galerías, en áreas de los mineros continuos, o por la falta de trampas de polvo en puntos de transferencia. La fuente de calor para el inicio de la explosión de polvo pudiera ser la existencia de chumaceras de poleas dañadas, la fricción entre la banda y su polea motriz y la utilización de equipos de soldadura y corte.

• Determinar y sancionar las responsabilidades en que hubieren incurrido las empresas, particulares y servidores públicos involucrados:

El 14 de febrero de 2008, la Secretaría de la Función Pública, concluyó la investigación que realizó para deslindar responsabilidades, derivadas del accidente ocurrido el 19 de febrero de 2006 en la mina de carbón Pasta de Conchos.

Es preciso señalar que el Órgano Interno de Control de la STPS y de cualquier otra Secretaría de Estado depende, funcionalmente, de la Secretaría de la Función Pública, aunque su labor la desempeñe en la dependencia a la que está adscrito. El nombramiento del titular de dicho OIC lo hace, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Secretario de la Función Pública.

Derivado de este proceso de indagatorias y averiguaciones, la SFP determinó en mayo de 2008 la inhabilitación por un periodo de un año y la destitución del cargo de cuatro servidores públicos, al haberse encontrado omisiones en el cumplimiento de sus funciones; se trata del director jurídico, Luis Raúl Sarmiento Villegas; el jefe de oficina, Rogelio Fernando Aguirre Tovalín; y los inspectores federales Mario Alberto Fraga Zamarrón y Jesús Reynaldo Menchaca Medina; todos ellos adscritos a la delegación de la Secretaría STPS en el estado de Coahuila.

Asimismo, la STPS fue notificada en este mismo año 2008 de las sanciones impuestas por la SFP a Pedro Isaac Camarillo Adame, quien se desempeñara como delegado federal del Trabajo en Coahuila, al momento del accidente en la citada mina. Las sanciones también consistieron en la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público por el término de un año, a la que se hizo acreedor el ex delegado por: i) haberse encontrado responsable en términos generales de no supervisar oportunamente el cumplimiento de la legislación laboral durante su gestión; y ii) en particular por omitir convocar a la Comisión Consultiva Estatal de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el estado de Coahuila, durante el periodo 2005-2006. Sanciones que acumuladas dan un total de dos años de inhabilitación.

De la misma manera, la SFP determinó dar vista a la Procuraduría General de la República para que, de acuerdo con las atribuciones y facultades legales de esa dependencia, determine lo conducente en lo que concierne a las investigaciones realizadas.

No obstante, por el carácter de información reservada que tiene aquella cuya difusión pueda causar un serio perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes, prevención o persecución de los delitos, la impartición de la justicia, las estrategias procesales en procesos judiciales o administrativos mientras las resoluciones no causen estado. Así como las averiguaciones previas, y la que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos; hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, el contenido no se puede hacer público (artículos 13 y 14, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental).

De igual manera, la STPS estará atenta al desarrollo de las investigaciones que realice la Procuraduría General de la República, y atenderá cualquier requerimiento de información que la misma le formule.

Por lo que toca a los servidores públicos sancionados, tras realizar diversas auditorías, principalmente en el transcurso del año 2007, la SFP detectó que incurrieron en responsabilidad administrativa al efectuar inspecciones de seguridad de manera inadecuada y no dar seguimiento al resultado.

De acuerdo con lo anterior, esta comisión considera que la STPS colaboró en la sustanciación de los procedimientos administrativos correspondientes que culminaron con la determinación de la Secretaría de la Función Pública de sancionar a los servidores públicos involucrados.

Adicionalmente, el 20 de diciembre de 2006 la Delegación Federal del Trabajo en Coahuila, emitió la resolución sancionadora en la que se impuso a Industrial Minera México (unidad Pasta de Conchos) una multa de 185 mil 705.10 pesos con motivo de 17 violaciones detectadas en la inspección iniciada en julio de 2004.

Conforme al Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral, la STPS impuso multas por la cantidad de 540 mil pesos a Industrial Minera México y por 577 mil pesos a General de Hulla, SA de CV, (empresa contratista de Industrial Minera México, cuyos trabajadores también se encontraban laborando en la mina Pasta de Conchos) derivado de la inspección extraordinaria de condiciones de seguridad e higiene, practicada del 3 al 7 de marzo de 2006, y el 7 y 8 de marzo de 2006 en General de Hulla, SA de CV, por parte de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, en ejercicio de su facultad de atracción.

Esta Comisión constató que estas visitas de inspección no están relacionadas con las practicadas antes del accidente en la mina, y que las respectivas multas se impusieron con base en los límites máximos que permite la Ley Federal del Trabajo.

También es conveniente señalar que de acuerdo con la información recabada por esta Comisión, se tiene conocimiento que por lo que respecta al ámbito laboral, al quedar siniestrada la mina y por tanto imposibilitada para realizar su actividad comercial desde el 30 de noviembre de 2006, trabajadores y empresa convinieron en dar por terminadas las relaciones individuales y colectivas de trabajo. Las correspondientes liquidaciones y prestaciones se fijaron por arriba de los montos previstos en ley. En tal sentido, desde dicha fecha la mina dejó de considerase un centro de trabajo.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Por lo expuesto, deséchese el punto de acuerdo que exhorta al Ejecutivo federal a realizar, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Procuraduría General de la República, las indagatorias para esclarecer lo acaecido el 19 de febrero de 2006 en la mina Pasta de Conchos, situada en San Juan de Sabinas, Nueva Rosita, Coahuila, concesionada a Industrial Minera México, a cargo del diputado Ricardo Cantú Garza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LX legislatura, presentado el 30 de abril del 2008, descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Noelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL DIRECTOR GENERAL DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SNC, A CUMPLIR LAS DEMANDAS DE LOS JUBILADOS DE ESA INSTITUCIÓN

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Que exhorta al director general del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC (Banobras), a cumplir las demandas de los jubilados de esa institución, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura, presentado el 30 de abril del 2008. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo citada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionan anteriormente; publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 1 de abril de 2008; y turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-1-1629, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Manifiesta el legislador en la proposición que se dictamina que todo sistema de pensiones consagra los derechos de los trabajadores que han prestado servicios a instituciones públicas o particulares, asegurando el bienestar de las personas al retirarse de sus empleos, que les permitan un retiro justo y digno. Asimismo, señala que en el país existen alrededor de 9 millones de mexicanos de más de 60 años de edad, de los cuales 612 mil 309 son jubilados y pensionados por parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Considera el autor de la proposición que es de suma importancia el cumplimiento del pago justo y oportuno de sus derechos y prestaciones, ya que este segmento de la sociedad resulta vulnerable, no sólo por las condiciones propias de la edad, sino porque se limita sustancialmente su capacidad económica para contribuir al sostenimiento de sus familias.

Continúa señalando el ponente que en el Congreso mexicano se aprobó, en 2006 la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, con objeto de otorgar una vida de calidad, el disfrute pleno y sin discriminación ni distinción alguna de este importante colectivo de la sociedad.

En este contexto, agrega el proponente que a partir de 2003, la situación en que se encuentran los pensionados y jubilados del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), es francamente inadmisible, ya que al haber demandado a esa institución por los cauces legales, se siguen incumpliendo sus legítimas demandas.

Menciona el legislador que se agotaron todos los procedimientos legales, por lo que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el 9 de julio del 2007 dictó el laudo con número de expediente 8163/03, mediante el cual ordena al Banobras cumplir las justas demandas de sus trabajadores jubilados.

Concluye el proponente que resulta inaceptable que, aun cuando el 15 de febrero del presente año fue notificado el director general del Banobras del laudo respectivo pronunciado por la Primera Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, no se ha dado cumplimiento al mismo, por lo que probablemente se estaría incurriendo en responsabilidad de las autoridades del Banobras.

2. La comisión dictaminadora luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

Después de analizar la propuesta que se dictamina y la información recabada por esta comisión, se advierte que el asunto que nos ocupa es preciso señalar que compete exclusivamente a dicha institución bancaria cumplimentar el laudo dictado por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje el 9 de julio de 2007, en el expediente número 8163.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Por lo expuesto deséchese el punto de acuerdo que exhorta al director general del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC (Banobras), a cumplir las demandas de los jubilados de esa institución, a cargo del diputado Jesús Ramírez Stabros, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX legislatura, presentado el 30 de abril del 2008, en virtud de los propios mecanismos y medio legales existentes que contempla el procedimiento iniciado por los afectados, descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Noelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE CITA A COMPARECER AL PRESIDENTE DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE A FIN DE QUE INFORME A ESTA SOBERANÍA SOBRE LA DECLARACIÓN DE INEXISTENCIA DE LAS HUELGAS ESTALLADAS POR EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura, fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

• Que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión cite al presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, licenciado Miguel Ángel Gutiérrez Cantú, a comparecer ante la Primera Comisión de esta soberanía, a efecto de que informe las condiciones y circunstancias de la resolución respecto a la declaración de inexistentes las huelgas estalladas por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, en las minas propiedad del Grupo Minera México, de Cananea, Sonora; de Sombrerete, Zacatecas y de la Unidad Taxco, Guerrero, a cargo del diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX legislatura, presentado el 31 de agosto del 2007. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se menciona anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 31 de agosto de 2007.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Argumenta el legislador en la proposición que se dictamina que, con fecha 18 de mayo de 2007, la Comisión de Seguridad e Higiene, conjuntamente con el secretario general local del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), denunció una serie de irregularidades que en materia de seguridad e higiene sucedieron en la mina Unidad Taxco, propiedad del Grupo México; reportando de manera muy precisa los problemas de inseguridad que se llevan a cabo en esa unidad.

Asimismo, manifiesta que con fecha 19 de junio del 2007, recibió un reporte de parte del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), solicitando su intervención en forma oficial e inmediata para investigar y, en su caso, proceder en el ámbito de su competencia (como diputado federal y secretario de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados), contra el Grupo México de Germán Larrea Mota Velasco, e indica que estas empresas han violado los contratos colectivos de trabajo de los mineros, particularmente, las normas de seguridad e higiene.

Señala que al respecto promovió tres acciones inmediatas, que a continuación se señalan:

1) Con fecha 22 de junio del 2007, mandó un exhorto por escrito al secretario del Trabajo y Previsión Social, reportándole detalladamente las diversas irregularidades y violaciones en materia de seguridad e higiene, que ocurrieron en las plantas de Nueva Rosita, Coahuila; en la Unidad Taxco; en la mina San Antonio; en la Refinería Electrolítica de Zinc; en la Unidad San Martín, así como en la sección 65 de Cananea, Sonora, solicitando su intervención para que de manera inmediata se realizarán los trabajos de inspección extraordinarios en los lugares reportados, para que se corrigieran dichas anomalías de seguridad e higiene a la brevedad posible.

2) El 22 de junio del 2007, formuló proposición de punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, con el objeto de que se citara para comparecer ante la Cámara de Diputados al secretario del Trabajo y Previsión Social, a efecto de que informara sobre las condiciones de seguridad e higiene que guardan las minas del país. Este punto de acuerdo fue aprobado por la Comisión Permanente el 17 de julio del 2007, en términos de solicitarle a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, hiciera llegar la información solicitada a la Cámara de Diputados en un plazo de 40 días naturales.

3) El 11 de julio del 2007, presentó punto de acuerdo con el carácter de urgente y obvia resolución, por el que se crea la Comisión Especial en la Cámara de Diputados, para investigar las condiciones de seguridad e higiene que existen en los centros de trabajo del país, dedicados a la minería.

Por otra parte, el legislador señala que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), al calificar las huelgas estalladas por los trabajadores del SNTMMSRM, el pasado 30 de julio, ha manejado dos hipótesis como argumentos "legales", para declarar legalmente inexistente dichas huelgas: Uno, que precluyó el derecho de los trabajadores, en virtud de que al presentar el sindicato su emplazamiento con aviso de huelga, debió acompañarlo "con las actas de asambleas, convocatorias y cédulas de votación, para así acreditar su personalidad y legitimación en causa"; y dos, haciendo suyo el argumento de la empresa, planteó: "ninguna de las violaciones al clausulado del contrato colectivo de trabajo, alegadas por los trabajadores mineros, motivan desequilibrio entre los factores de la producción, ya que las mismas en caso de existir no tienen carácter colectivo y consecuentemente no afectan a la colectividad". Además plantea la junta que estas denuncias tienen el defecto de "la oscuridad, generalidad, vaguedad, sin que pudieran precisar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que incurrió la empresa Minera México". El proponente también menciona que si se revisan tanto los estatutos del SNTMMSRM, y los artículos de la Ley Federal del Trabajo, relacionados con los procedimientos de huelga, se encontrará el hecho de que el sindicato minero cubrió plenamente con los requisitos tanto estatutarios como legales exigidos en este caso. Por ejemplo, en aplicación al artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo, se dirigió por escrito al patrón, formulando sus peticiones, anunciando su propósito de irse a la huelga si no son satisfechas, expresando día y hora en que suspenderían sus labores. Además presentó dicho pliego por duplicado a la Junta de Conciliación y Arbitraje, avisando de esto con la anticipación establecida en la fracción III de este artículo.

Asimismo, manifiesta que con fecha 29 de junio, la JFCA recibió y certificó conforme lo establece el artículo 923 de la Ley Federal del Trabajo, el pliego de peticiones con emplazamiento a huelga que formuló el secretario del Trabajo del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Minero. El artículo 923 señala: "No se dará tramité al escrito de emplazamiento a huelga cuando este no sea formulado conforme a los requisitos del articulo 920".

Señala que posteriormente en la audiencia de ofrecimiento de pruebas, el Sindicato Minero aportó documentos (tal y como lo reconoce la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje), como por ejemplo: La convocatoria a la asamblea general extraordinaria, para votar el movimiento de huelga; también mostró las actas de las respectivas asambleas extraordinarias, en donde los trabajadores votaron a favor del movimiento de huelga, así como las cédulas de votación en las que consta la voluntad de los trabajadores a favor de la huelga. En el caso de Cananea mostraron 903 cédulas a favor del estallamiento de la huelga; en el caso de Sombrerete, Zacatecas, sección 201, 283 cédulas a favor de la huelga, y en Taxco, Guerrero, 320 cédulas a favor del movimiento de huelga, es decir, cumplieron con el requisito de mayoría que establecen sus estatutos sindicales.

Agrega también que en aplicación de los artículos 51, fracción XI, y 175 de sus estatutos sindicales, en ausencia del secretario general, el secretario del Trabajo del SNTMMSRM, presentó y fundamentó dicho emplazamiento, por lo que concluye que el sindicato se ajustó al marco de legalidad de estos casos y cubrió de manera plena los objetivos establecidos en los artículos 920, 923 y en la fracción I del artículo 450, de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo manifiesta que en el terreno de las violaciones al contrato colectivo de trabajo, por parte de la empresa Minera México, el sindicato detalló minuciosamente en las tres minas, la serie de violaciones contractuales y la formula para repararlas, ajustándose a la recomendación del licenciado Juan B. Climent Beltrán, a que hace alusión la JFCA, no sólo enunciando las violaciones, sino expresando la forma en que deban ser reparadas.

El legislador proponente considera que en contraste, tanto el presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, como el secretario del Trabajo y Previsión Social, adolecen de profesionalismo y objetividad en su trabajo, y muestran su parcialidad en este conflicto a favor del Grupo Minera México.

También señala que habría que recordar que durante las decenas de emplazamientos que realizó este sindicato durante el sexenio del presidente Vicente Fox, siempre presentó sus emplazamientos a huelga de la misma manera, y nunca les argumentaron lo que al caso dice la junta, por lo que concluye que la decisión de declarar legalmente inexistente esas huelgas, obedece a decisiones políticas y no a una aplicación expedita de la Ley Federal del Trabajo.

Señala que estas consideraciones le permiten concluir que las huelgas de los mineros se hubieran podido evitar si el Grupo Minera México, y el secretario del Trabajo, hubieran atendido desde mayo de este año, las denuncias e irregularidades que hicieron los trabajadores, sobre todo en materia de seguridad e higiene en el trabajo. Sin embargo, considera el proponente que este grupo empresarial está más ocupado en checar (sic) los precios del cobre a nivel internacional, y al funcionario gubernamental lo mantiene ocupado el caso del chino y su secuela de corrupción.

De igual forma, considera que atrás de esta decisión del presidente de la JFCA, está la visión de la ultraderecha y el yunque, que busca anular por esta vía, el derecho de huelga que consagra la constitución y anticipa la contrarreforma laboral que se buscará impulsar en el próximo periodo ordinario de sesiones, es decir, una Ley Federal del Trabajo al gusto de las grandes trasnacionales como las del Grupo México, basada en salario de hambre, nulas condiciones de seguridad e higiene y violaciones constantes a la autonomía y libertad sindical.

Finalmente, señala que el estado de derecho que tanto pregona el Estado mexicano, se convierte en una caricatura, por la actitud desaseada de funcionarios, quien ha violentado los objetivos que él difunde en su página de Internet, que a la letra dicen: "Resolver con absoluta imparcialidad y apego a derecho, en un ambiente y trato humano dignos, los conflictos laborales de competencia federal, que se susciten entre los factores de la producción, mediante la conciliación y el arbitraje, para mantener el equilibrio en las relaciones de trabajo y preservar la paz social".

En conclusión, el proponente señala que la declaratoria de inexistencia de las huelgas mineras dictaminada por la JFCA, sin tener una causal legal, sino solamente siguiendo instrucciones de sus superiores, pulveriza las afirmaciones del secretario del Trabajo en el sentido de que "la Secretaría del Trabajo y Previsión Social reafirma su absoluto respeto a la autonomía técnica y jurisdiccional que tiene la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para emitir sus resoluciones".

2. La comisión dictaminadora luego de revisar el análisis del autor de la propuesta opina lo siguiente:

Se estima conveniente destacar que si bien la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, es un Tribunal dependiente administrativamente del Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, también lo es que se trata de un tribunal jurisdiccional autónomo, que no depende en sus resoluciones de dicha secretaría de Estado, sino que éstas son dictadas por sus integrantes, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo.

Bajo tales circunstancias, las resoluciones de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, pueden ser combatidas por la parte que se considere afectada mediante el juicio de amparo, el cual corresponde conocer al Poder Judicial de la federación, así como los recursos que deriven de dicho juicio de garantías que sean interpuestos en contra de las resoluciones que emite en el trámite de los asuntos de su competencia la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, como autoridad jurisdiccional.

Por otra parte, habrá de considerarse que el presiente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, no tiene el carácter de ninguno de los servidores públicos a que se refiere el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni a los que prevé el artículo 45, numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se considera que la honorable Cámara de Diputados carece de atribuciones para solicitar su comparecencia.

Por otra parte, también es importante tomar en cuenta que la información que se pretende solicitar en la comparecencia del Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, conforme a lo dispuesto por la fracción IV del artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, tiene el carácter de reservada, al tratarse de información proveniente de procedimientos jurisdiccionales no concluidos. A mayor abundamiento, la propia Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 45, numeral 2) establece que no procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables.

Conforme a estos elementos no se considera procedente el punto de acuerdo que se dictamina.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Por lo expuesto, deséchese el punto de acuerdo por el que se propone que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión cite al presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a comparecer ante la Primera Comisión de esta soberanía, a efecto de que informe las condiciones y circunstancias de la resolución respecto a la declaración de inexistentes las huelgas estalladas por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, en las minas propiedad del Grupo Minera México, de Cananea, Sonora; de Sombrerete, Zacatecas y de la Unidad Taxco, Guerrero, a cargo del diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, presentado el viernes 31 de agosto del 2007, descárguese y archívese como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), presidente; Juan Manuel Sandoval Murguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), secretarios; Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña, Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS SALARIOS MÍNIMOS Y AL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL A OTORGAR UN AUMENTO DE EMERGENCIA A LOS MÍNIMOS GENERALES

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, y al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que otorguen un aumento salarial de emergencia a los salarios mínimos generales; presentada por el diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, el 13 diciembre de 2007. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionaron anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 26 de septiembre de 2007. Turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-2-1179, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Refiere el autor de la proposición que se dictamina, que según datos oficiales

publicados por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en su canasta inteligente, la mayor parte de artículos de consumo popular, los llamados artículos de la canasta básica constitucional, ha tenido severos incrementos de precio, destacando los aumentos de pollo, leche, aceite, arroz, azúcar, frijol, carne de res, huevo, jitomate, nopales, pan dulce, papa, piña, plátano, queso canasto, jamón de pierna, tortilla, crema dental y jabón de tocador; incrementos de precios que en promedio alcanzan 22 por ciento en el periodo que va del 1 de diciembre de 2006 al 4 de septiembre de 2007, indicando además que esta tendencia inflacionaria continuará en los meses siguientes, sin que el gobierno federal mueva un dedo para contener estos aumentos, gravísimos para la economía de los trabajadores mexicanos, y pulverizando los de por sí míseros aumentos salariales de los trabajadores.

Por otra parte, señalan que a la luz de estos datos, se puede afirmar que los efectos acumulados de la política económica neoliberal vigente han impactado negativamente y de manera muy severa el poder adquisitivo de los trabajadores, en virtud de la política que ha implantado el gobierno federal de contención de los salarios y la eliminación de los mecanismos de control de precios de los artículos de consumo popular.

Señalan los ponentes que a la fecha el salario mínimo general sigue contenido y estancado, el aumento de 3.9 por ciento, a partir de enero de 2007, se tradujo en un mísero aumento de 1 peso con 90 centavos, y el incremento a los salarios contractuales apenas alcanza en promedio un 4.28 por ciento. Ambos incrementos de los salarios mínimos y contractuales se han visto pulverizados por los aumentos a los precios de los básicos.

Asimismo, que esta situación se vuelve más dramática para 12.39 por ciento de la población económicamente ocupada; es decir, aproximadamente 5 millones 300 mil trabajadores, que ganan hasta un salario mínimo y, por tanto, son los más afectados por esta escalada de precios.

Consideran los autores de esta propuesta que el resultado de esta política de contención salarial es una creciente inestabilidad social, política y económica, que ha llevado al límite a los trabajadores mexicanos, provocando que "la acumulación de la miseria sea proporcional a la acumulación de capital", y que casi la mitad de los mexicanos viven al día y sin posibilidad alguna de tener patrimonio y 18.2 por ciento vive en la extrema pobreza, tal y como señala un estudio divulgado recientemente por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Concluyen los proponentes que en este contexto, tanto la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, han incumplido sus obligaciones constitucionales de tutelar los derechos de los trabajadores, y más bien han tenido una posición pro empresarial, y de agresión a los derechos adquiridos de los trabajadores y sus sindicatos.

Expresan su solidaridad con esta terrible realidad social que condenan a la miseria y pobreza a millones de mexicanos; los diputados federales no podemos permanecer indiferentes, por el contrario, debemos asumir el mandato constitucional de verdaderos representantes populares, en beneficio de los asalariados mexicanos y del pueblo en su conjunto.

Debido a lo expuesto demanda:

Primero. De acuerdo con lo que establecen el párrafo primero y la fracción I del artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, solicitar al licenciado Javier Lozano Alarcón, secretario del Trabajo y Previsión Social, que formule al presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos una solicitud por escrito con objeto de que se revisen estos salarios, y se otorgue a los salarios mínimos generales un aumento de emergencia, que contemple un incremento superior al alza de los productos básicos alimentarios.

Segundo. Requerir al secretario del Trabajo y Previsión Social que, de conformidad con lo que establece el párrafo tercero del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicite a la autoridad competente que se establezca un control de precios a los artículos de consumo popular, que son parte de la canasta básica constitucional, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como detener el alza de precios, que impacta severamente los salarios de los trabajadores mexicanos.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis de los autores de la propuesta, opina lo siguiente:

Esta comisión muestra su solidaridad y preocupación ante esta terrible realidad social que condenan a la miseria y pobreza a millones de mexicanos.

No obstante, en virtud de información recopilada por esta Comisión de Trabajo y Previsión Social ante la propia Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, no resulta procedente en estos momentos de la economía nacional un aumento a los salarios mínimos.

Lo anterior, en virtud de que, conforme a las valoraciones realizadas por la propia Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y la experiencia que ha sufrido nuestro país, los incrementos salariales generalizados, lo único que provocan es una carrera de salarios contra precios, lo que ha demostrado producir una espiral inflacionaria y un círculo vicioso que le resta poder adquisitivo a los sectores más desfavorecidos.

Situación que provocaría mayor inflación e inhibiría el crecimiento del empleo formal; lo que podría acarrear una causal innecesaria de fricción en las relaciones laborales del país, y hasta posibles cierres de centros de trabajo, al perder el país mayor competitividad en el entorno mundial, de por sí delicado.

Igualmente, esta comisión está de acuerdo en que el verdadero crecimiento de los salarios reales se genera fundamentalmente con incrementos en la productividad, esquema del que por diversos medios nos hemos enterado que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha pugnado porque se contemple en las diversas revisiones contractuales colectivas en las que ha participado como mediador o conciliador.

Asimismo, esta dictaminadora considera que las acciones sin soporte económico, como decretar un aumento salarial extraordinario, sólo generaría desestabilización y menor inversión en estos momentos de crisis económica mundial. No siendo viable el generar mayor riqueza o utilidades mediante procedimientos artificiales, sino con el esfuerzo en armonía de los factores de la producción.

En mérito de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.-Se desecha la propuesta presentada el 13 diciembre de 2007 por el diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, por haber sido atendido el objeto central del mismo.

Segundo. Se solicita a la Secretaría General de Servicios Parlamentarios se descargue del registro correspondiente el asunto desechado.

Tercero. Previos los trámites que corresponden, archívese el asunto como totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández, Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Nohelia Ibarra Fránquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña, Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHAN LAS PROPOSICIONES RELATIVAS A TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE QUERÉTARO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fueron turnadas para su estudio y dictamen las siguientes proposiciones con punto de acuerdo:

• Se exhorte al gobernador de Querétaro, licenciado Francisco Garrido Patrón y al presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la entidad, para que no continúen violentando la autonomía del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro. Asimismo, extiendan de manera inmediata la toma de nota a la mesa directiva electa en forma democrática y en apego a derecho.

• Se exhorte al gobernador de Querétaro, licenciado Francisco Garrido Patrón, a que cesen los actos de represión en contra de los dirigentes del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro.

Ambas proposiciones presentadas por el diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, íntimamente relacionadas en cuanto a su objeto y problemática. La primera del 26 abril de 2007 y la segunda del 13 de diciembre del mismo año. Por lo que su estudio y análisis se realiza en la misma sesión de esta comisión.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración de esta honorable asamblea, sobre ambas proposiciones por tratarse del mismo conflicto, el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. Las proposiciones con punto de acuerdo listadas en el proemio de este dictamen que contempla a las dos, por tratarse y derivarse del mismo conflicto intrasindical y haber sido presentadas por el mismo diputado, el 26 de abril y el 13 de diciembre de 2007, respectivamente.

Publicadas en la Gaceta Parlamentaria de fecha 26 de septiembre de 2007. Turnadas para su dictamen la primera mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-3-730 y la segunda mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-1-1170, dirigidos ambos al Presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. Las proposiciones citadas fueron turnadas a esta comisión, para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Refiere el autor de las proposiciones que se dictaminan, en términos generales, lo siguiente:

El Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro fue electo legalmente por medio del proceso electoral calificado por su asamblea general el 15 de agosto de 2006, todo lo cual se llevó a cabo en apego al marco jurídico aplicable y concretamente el respeto a sus estatutos sindicales.

En una práctica recurrida tanto por el gobierno federal como también por el gobierno de dicha entidad, en una ilegal intromisión a la autonomía sindical el gobernador de Querétaro apoyándose en las acciones del Ttribunal de Conciliación y Arbitraje local y sin mediar procedimiento alguno, les ha negado con diversos pretextos legaloides (sic) la toma de nota al comité electo legalmente por los trabajadores del sindicato mencionado.

Contraviniendo la organización interna y la voluntad de la mayoría de los trabajadores, el Tribunal de Conciliación de Arbitraje entregó la representación legal de la organización sindical al Comité de Vigilancia, dejando en estado de indefensión a los agremiados de la organización trabajadora con la consecuente violación a sus derechos laborales.

Asimismo, refiere que en un acto sin precedentes, en la lucha sindical en Querétaro, fueron despedidos injustificadamente en un día la mayoría de los integrantes del Comité Ejecutivo electo y han azuzado de manera pública y abierta a trabajadores para que denuncien penalmente a varios los integrantes.

Agrega el diputado Almazán en su segunda proposición, que desde agosto de 2006, el Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro ha venido enfrentando una serie de agresiones por parte del gobierno estatal y del presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de Querétaro, violentando la autonomía de este gremio, sin que hasta la fecha este les haya otorgado su toma de nota.

También señala que con fecha 26 de junio de 2008, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, aprobó en votación económica, punto de acuerdo, exhortando al "ciudadano gobernador del estado de Querétaro y al presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de dicha entidad federativa, a efecto de que con absoluto respeto a la ley y a la autonomía sindical, atendiendo los principios de administración de justicia pronta, expedita e imparcial, resuelvan lo que en derecho proceda, en relación a la toma de nota del Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro".

Debido a lo expuesto demanda lo siguiente:

Primero. Se exhorte al gobernador de Querétaro, licenciado Francisco Garrido Patrón y al presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la entidad para que no continúen violentando la autonomía del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro. Extiendan de manera inmediata la toma de nota a la Mesa Directiva electa en forma democrática y en apego a derecho. Asimismo, cesen los actos de represión laboral, política y judicial efectuados en contra del Comité Ejecutivo del Sindicato.

Segundo. Se exhorte al gobernador de Querétaro, licenciado Francisco Garrido Patrón y al Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la entidad para que no intervengan en el régimen interno del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro. Se solicite al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del estado, que resuelva el juicio de incidente de falta de personalidad jurídica, promovido por la ciudadana María del Carmen Gómez Ortega y se retiren las órdenes de presentación de los dirigentes del sindicato.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de las propuestas, considera lo siguiente:

Esta comisión expresa su solidaridad y preocupación ante este conflicto intrasindical en detrimento de la debida y sana representatividad y defensa de los legítimos intereses de los trabajadores agremiados.

Ante ello, recopiló información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno de la República y al respecto se señala que dicho conflicto queda fuera del ámbito de competencia de esta dependencia federal.

Lo anterior, en virtud de que en este caso, la aplicación de las leyes de trabajo corresponde a las autoridades de los estados en sus respectivas jurisdicciones, por exclusión a lo dispuesto por los artículos 123, Apartado A, fracción XXXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 527 de la Ley Federal del Trabajo.

Sin embargo, con ánimo de colaboración, esta dependencia ha intentado mediar entre las partes, para que lleguen a un acuerdo, dentro de la legalidad y con respeto a la autonomía sindical, para ello se llevaron a cabo en su momento, tres reuniones con el sindicato y el titular de la Secretaría del Trabajo de Querétaro.

Efectivamente, conforme a indagatorias de esta comisión en el gobierno del estado de Querétaro, los antecedentes del presente asunto se remontan a agosto del año 2006, fecha en que se llevaron a cabo las elecciones del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro, para elegir a su Comité Ejecutivo y a las comisiones sindicales para el periodo 2006-2009. Proceso electoral en el que contendieron cinco planillas, en el que supuestamente fue electa la planilla encabezada por la ciudadana María del Carmen Gómez Ortega. Pero sin embargo, los candidatos e integrantes de las otras cuatro planillas que participaron en el proceso por la elección para Comité Ejecutivo, demandaron ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado, la nulidad del proceso electoral por considerarlo ilegal y en tal sentido el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del estado, hasta en tanto no se resuelva el juicio, no puede reconocer válidamente a la planilla que se dice ganadora y consecuentemente de acuerdo a lo señalado por el artículo 60 de los Estatutos, que es la norma interna del propio sindicato, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje acordó que entrara en funciones de dirección la Comisión de Vigilancia, es decir, que se encuentra pendiente de resolución la validez de la elección. Y al efecto, para mejor comprensión de la legalidad en la actuación de la autoridad laboral, se transcribe el artículo 60 de los Estatutos que a la letra dice: "Artículo 60. Terminada la actuación legal de un Comité Ejecutivo, si por cualquier causa no se hubieren verificado las elecciones, o el resultado de esta estuviere pendiente de resolución legal, a partir de la fecha el Comité de Vigilancia asumirá la dirección sindical, convocando a elecciones, en el primer caso, en un término no mayor de 30 días; en el segundo, de ser necesario, al conocerse la resolución de la autoridad respectiva, en un término no mayor de quince días".

En relación a la cuestión incidental de objeción al reconocimiento de personalidad de las planillas que demandaron la nulidad del proceso electoral, la que se dice agraviada por la autoridad laboral y el propio gobierno del estado, impugna tal reconocimiento mediante la demanda de amparo indirecto y a la fecha no ha sido resuelto por el juez de distrito que conoce la misma y el juicio laboral se encuentra en desahogo de pruebas.

Respecto a los actos de procedimiento penal, como son las presentaciones ante la autoridad, cabe decir que la integración de las averiguaciones previas compete exclusivamente al Ministerio Público de acuerdo al artículo 21 de la Constitución General de la República y su obligación esencial es la de acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado y para ello está facultado para practicar todas las diligencias que la ley le permita.

De acuerdo a lo anteriormente mencionado, se debe de considerar que en este conflicto intrasindical, cuatro de las cinco planillas contendientes, optaron por impugnar la elección dentro del marco de derecho y no en vías de hecho, al ejercer su acción de nulidad del proceso electoral ante la autoridad laboral competente en el estado, que es el Tribunal de Conciliación y Arbitraje; también es importante destacar que los trabajadores que votaron por estas cuatro planillas, numéricamente resultan en una proporción mucho mayor que los simpatizantes de la planilla que pretende el reconocimiento de la autoridad y que se dice afectada, porque no se le ha tomado debida nota al supuesto Comité Ejecutivo. Con estos señalamientos, resulta importante en primer término atender (que es lo conducente), la voluntad mayoritaria de los trabajadores del sindicato, que se aglutinan en tomo de las cuatro planillas y permitir que sea la autoridad laboral competente en el estado la que califique la legalidad o ilegalidad de la elección y que para el caso es el Tribunal de Conciliación y Arbitraje ya que se trata de un conflicto de los trabajadores de la entidad y por lo tanto no puede conocer la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y ninguna autoridad jurisdiccional federal.

En mérito de lo expuesto anteriormente y en virtud a la información recopilada, se considera que la autoridad local ha actuado conforme a derecho y toda vez que el objeto del punto de acuerdo en comento ha sido atendido en exceso conforme a sus atribuciones por la dependencia federal, ello con un ánimo conciliador y propositivo; la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador de Querétaro y al presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de la entidad eviten la violación de la autonomía del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Querétaro, presentada por el diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el jueves 26 de abril de 2007.

Segundo. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobernador de Querétaro, cesen los actos de represión a los trabajadores al servicio de los poderes del estado de Querétaro, presentada por el diputado José Antonio Almazán González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el jueves 13 de diciembre de 2007.

Tercero. Archívense los asuntos como totalmente concluidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), presidente; Juan Manuel Sandoval Murguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), secretarios; Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Nohelia Ibarra Franquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL A VIGILAR QUE SE CUMPLA LA LEY EN CUANTO A LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A MENORES DE EDAD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de Acuerdo por el cual se exhorta al secretario del Trabajo y Previsión Social a vigilar, a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y conforme en sus facultades, que se cumpla lo que la ley ordena y especifica en cuanto a las prohibiciones para la contratación de menores de edad, en particular, jornaleros agrícolas, presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, el13 diciembre de 2007.

Con fundamento de lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio fue presentada en la fecha y por el diputado que se mencionan, y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 26 de septiembre de 2007, turnada para dictamen mediante oficio número D.G.P.L 60-II-1-1167, dirigido al presidente de la comisión.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

Refiere el autor de la proposición que el desarrollo económico de las principales regiones agrícolas del país se sustenta principalmente en las familias migrantes de los estados más pobres del país, añadiendo que, dados los rasgos sociales, culturales y lingüísticos que los caracterizan, y las formas de incorporación y participación en el mercado de trabajo, los jornaleros agrícolas migrantes y sus familias son un sector de la población nacional que padece en alto grado las diferentes expresiones de la exclusión social, y que para estas familias, la incorporación de sus hijos menores de edad dentro de relaciones asalariadas es una estrategia de sobrevivencia.

Agrega el proponente que, dadas las condiciones de movilidad territorial e inestabilidad laboral de las familias de jornaleros agrícolas migrantes, la dificultad para su atención es enorme, ya que se trata de un grupo heterogéneo desde el punto de vista económico, social y cultural, cuya estructura asociada al esquema de quienes los contratan invisibiliza su labor asalariada y más aún la del trabajo infantil, relegándose a la categoría de ayuda familiar, a pesar de tratarse en muchas ocasiones de mano de obra especializada.

Señala que el Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas estima que en el país existen 3.1 millones de jornaleros agrícolas, de los cuales calcula que 1.2 millones deben migrar estacionalmente para emplearse como tales. Un estudio publicado por la Secretaría de Desarrollo Social reporta que 19.4 por ciento de la fuerza laboral de los jornaleros agrícolas migrantes está constituido por menores de 6 a 14 años de edad. Sin embargo, a pesar de lo contundente de estas cifras, es muy difícil ofrecer datos precisos sobre la participación de la población infantil menor de 14 años en el trabajo asalariado.

Añade que con la población jornalera migrante esta situación se agrava debido a que no se cuenta con información censal confiable y actualizada en torno a las características demográficas de este sector de la población. No sabemos con exactitud cuántos son, dónde están, y dadas las formas de encubrimiento y explotación propias del mercado de trabajo infantil agrícola, menos aun podemos identificar con precisión la población infantil incorporada al trabajo asalariado.

Señala que es preocupante que el 19.4 por ciento de los jornaleros agrícolas migrantes sea población menor, ya que el trabajo agrícola para estos menores es de alto riesgo. Cuando los niños trabajan en el campo de sus familias, empleados en las granjas o plantaciones de otros, o acompañan a sus padres trabajadores migrantes, enfrentan peligros y niveles de riesgo mayores que los trabajadores adultos. Debido a que se encuentran en una etapa de crecimiento y desarrollo, la exposición a lugares de trabajo peligrosos puede ser más devastadora y permanente para ellos, y tener consecuencias para toda la vida.

Comenta que estos niños y niñas se trasladan con sus familias y desde edades muy tempranas (cinco o seis años en promedio), dependiendo del tipo de cultivo, se incorporan a las actividades productivas laborales (desyerbo, recolección y selección de frutas y hortalizas, empaque, carga y acarreo), con las mismas condiciones y exigencias laborales que los adultos. Particularmente en las zonas de atracción migratorias, las niñas y los niños jornaleros migrantes nacen y crecen entre la explotación laboral, la miseria, el hacinamiento y la carencia de los servicios básicos, entre ambientes socioculturales diversos que les exigen permanentes esfuerzos de adaptación, pero que al mismo tiempo los hacen sujetos de discriminación, estigmatización y exclusión. La desnutrición, la insalubridad, el analfabetismo y la baja escolaridad son rasgos característicos de este grupo infantil.

Continúa relatando que en el trabajo asalariado están expuestos al riesgo constante a sufrir enfermedades por efecto de una mala alimentación, por insolación y también intoxicación a causa de insecticidas y pesticidas, poniendo en riesgo su integridad física y, en no pocos casos, arrebatándoles toda posibilidad de proyecto de un futuro valioso.

No obstante que los mayordomos y capataces reconocen que los menores alcanzan el mismo nivel de productividad que los adultos, incluso que la mano de obra infantil es altamente rentable para la realización de algunas actividades agrícolas, amén de que la mano de obra infantil es más barata y susceptible a un mayor control. Ésta se convierte por tanto en mano de obra privilegiada para ciertos tipos de cultivos (como es el caso de la producción tabacalera y algunos de los productos hortícolas y frutícolas).

Para el proponente es lamentable el panorama que se nos presenta: niños y niñas que se ven obligados por la pobreza y marginación a insertarse a un mercado de trabajo donde las condiciones son precarias e inestables, pues la contratación es siempre eventual y con riesgos muy altos debido a la falta de medidas preventivas sobre seguridad e higiene. Pero es aún más lamentable que muchos de estos problemas se podrían atacar con la simple aplicación de la ley.

Esto ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, inciso a), fracción tercera, prohíbe la utilización del trabajo de los menores de catorce años. Por su parte, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22 prohíbe la utilización los menores de 14 años y los mayores de esta edad y menores de 16 que no hayan terminado su educación obligatoria. Asimismo, en su Titulo Quinto Bis prevé medidas explicitas para el trabajo infantil: ningún patrón puede utilizar sus servicios sin la presentación de un certificado médico, no se les podrá asignar trabajos superiores a sus fuerzas y los que puedan impedir o retardar su desarrollo físico normal; la jornada de trabajo de los menores de 16 años no podrá exceder de 6 horas diarias; el patrón tiene la obligación de distribuir el trabajo a fin de que dispongan del tiempo necesario para cumplir sus programas escolares.

Externa su profunda preocupación porque, no obstante que México cuenta con un amplio marco legal para la prohibición del trabajo infantil y para garantizar condiciones adecuadas en seguridad e higiene en el ámbito laboral (aunque este marco es sin duda perfectible), se presenta la problemática, por lo que es necesario que se procure y vigile el cumplimiento a las disposiciones que ya existen.

Concluye el legislador que esta situación obliga a las autoridades correspondientes a vigilar que se cumpla la normatividad que garantice la integridad física y seguridad de las vidas de los jornaleros y sus familias y de manera especial, la de los menores de edad en los campos agrícolas.

Por estas razones, el suscrito somete a consideración de la soberanía proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorte a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno federal a vigilar, a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y conforme a sus facultades, que se cumpla lo que la ley ordena y a especificar en cuanto a las prohibiciones para la contratación de menores de edad. Además, vigile que se cumplan las normas que garanticen la integridad física, así como la seguridad de las vidas de los jornaleros agrícolas y sus familias.

Segundo. Se exhorte también a realizar un mayor número de inspecciones a los campos agrícolas en donde se empleen a jornaleros, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene correspondientes.

2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis del autor de la propuesta, opina lo siguiente:

Expresa su solidaridad y preocupación ante esta realidad social que condenan millones de niños y niñas mexicanos de nuestro campo a una desigualdad de oportunidades.

En virtud de ello, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, diputado Tomás del Toro del Villar, envió el oficio número CTPS/0049/08, de fecha 5 de marzo de 2008, dirigido al secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón, solicitando a dicha dependencia su opinión en el ámbito de su competencia. Lo anterior, para allegarse de elementos respecto a este tema, para estar en condiciones de dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo y continuar con el trámite legislativo correspondiente.

• Esta comisión recibió puntual respuesta de dicha secretaría mediante oficio número 1228 de fecha 14 de julio del presente año, que aunada a la respuesta recibida con relación a la proposición realizada por el diputado Gilberto Ojeda Camacho, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y que se refería a una problemática similar pero circunscribiéndola a Sinaloa, se dictamina lo siguiente:

De manera previa se refieren consideraciones mediante las que se precisan por dicha Secretaría del Trabajo y Previsión Social las facultades y acciones en cuanto al interés jurídico a proteger.

Dicha dependencia señala que la aplicación de las leyes de trabajo corresponde a las autoridades de los estados en sus respectivas jurisdicciones por exclusión de lo dispuesto por los artículos 123, Apartado A, fracción XXXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 527 de la Ley Federal del Trabajo.

Conforme a ello, son las autoridades laborales de las entidades federativas las encargadas de vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral respecto al trabajo de los menores que se emplean en empresas o establecimientos dedicados a actividades agrícolas, en materia de condiciones generales de trabajo.

No obstante, en los artículos 527-A y 529, fracción IV, de la referida ley, se señala que la vigilancia del cumplimiento de las normas de trabajo en materia de capacitación y adiestramiento y seguridad e higiene corresponde a la federación con el auxilio de la autoridad local.

En virtud de ello, en el seno de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, órgano colegiado previsto en el artículo 512 de la Ley Federal del Trabajo, se lleva a cabo una revisión de diversos instrumentos, tales como los convenios de coordinación que en materia de inspección que se tienen signados con las 32 entidades federativas, a efecto de actualizar, modernizar y, en su caso, estrechar los lazos de coordinación entre los dos niveles de gobierno y fortalecer el intercambio de información y la vigilancia de la normatividad laboral.

Lo anterior, con el apoyo de las Comisiones Consultivas Estatales de Seguridad e Higiene en el Trabajo, previstas en el artículo 512-B de la citada ley, las cuales son presididas por los gobernadores de las respectivas entidades federativas, fungiendo como secretario de éstas, el delegado federal del trabajo de la entidad a que corresponda.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social también refiere que dentro del marco de la estrategia para la atención de los jornaleros agrícolas y sus familias ha evidenciado la necesidad de fortalecer la inspección del trabajo en los campos agrícolas, especialmente en las entidades federativas que se han caracterizado como receptoras de trabajadores agrícolas temporales, como lo son Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Nayarit, Sinaloa y Sonora, fortaleciendo la inspección del trabajo con el apoyo de los gobiernos estatales a través de la inspección tradicional y de mecanismos alternos a ésta, en las empresas o establecimientos dedicados a la agroindustria, a efecto de constatar que en este tipo de centros de trabajo se cumple con la normatividad laboral y así impulsar el respeto de los derechos laborales de los trabajadores que se emplean en este sector, especialmente de los más vulnerables, como es el caso de los jornaleros agrícolas y de los menores trabajadores de este sector y, en los casos en que no se acredite el cabal cumplimiento de las normas de trabajo, se impongan las sanciones que correspondan de acuerdo con la ley.

En este sentido, dicha dependencia, en marzo de 2008, inició el diseño de un programa de inspección que consideró lo siguiente:

Realizar un padrón de empresas agrícolas que contratan jornaleros a través de las delegaciones federales del trabajo.

Construir un padrón único de empresas a ser inspeccionadas con la participación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Elaborar un programa estatal de inspección en los estados de mayor atracción de trabajadores.

Difundir la normatividad laboral en los estados.

Acreditar y aprobar al Consejo Nacional Agropecuario como unidad de verificación respecto de las normas oficiales mexicanas expedidas por la STPS.

Elaborar una guía técnica para la inspección de condiciones de seguridad e higiene en los campos agrícolas.

Llevar a cabo inspecciones extraordinarias a fin de verificar posibles empresas que contraten menores de edad.

Conforme a lo anterior, la STPS inició en agosto de 2008 un operativo de inspecciones extraordinarias en empresas que se dedican a esta actividad, principalmente de Chiapas, Puebla, Sonora y Sinaloa.

Paralelamente, se encuentra diseñando otros proyectos como el modelo de empresas libres de trabajo infantil, cuyo objetivo es promover en las empresas agrícolas un modelo de organización laboral que logre erradicar el trabajo infantil, así como una guía para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los jornaleros con respeto a las condiciones de salud, alimentación, educación y vivienda en los sitios de trabajo.

Adicionalmente, existen diversos programas gubernamentales, los cuales están a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Educación Pública y la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Dichos programas tienen como principales objetivos, la promoción de la afiliación de los trabajadores eventuales del campo al régimen de seguridad social del IMSS y mejorar su acceso a los servicios de atención médica; la ampliación de la cobertura de los servicios educativos, estableciendo mecanismos de certificación y acreditación; la permanencia de los niños jornaleros agrícolas en las escuelas; la mejora de la infraestructura de los campos agrícolas; y el establecimiento de mecanismos para la generación de oportunidades de desarrollo de los jornaleros desde sus comunidades. En el caso particular de la STPS, esa dependencia coordina el Subprograma de Movilidad Laboral Interna, cuyo fin es vincular a los jornaleros agrícolas con las empresas en condiciones de seguridad y respeto a sus derechos laborales.

En mérito de lo expuesto en párrafos anteriores, en virtud de la información recopilada para este dictamen y para el diverso muy semejante presentado por el diputado Gilberto Ojeda Camacho, esta comisión estima que el objeto del punto de acuerdo de la proposición en comento se encuentra atendido y agotado, por lo que se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. Se deseche la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a vigilar que se cumpla lo que la ley ordena y especifica en cuanto a las prohibiciones para las contrataciones de menores de edad, presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el13 septiembre de 2007.

Segundo. Archívese el asunto como totalmente concluido

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo, Sonia Nohelia Ibarra Fránquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE SE DESECHA LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL A INTERVENIR DE MANERA URGENTE EN EL CONFLICTO LABORAL DE INDUSTRIAS OCOTLÁN, Y A VIGILAR QUE ÉSTE SE SOLUCIONE CON RESPECTO IRRESTRICTO DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Se exhorta al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que intervenga de manera urgente en el conflicto laboral de Industrias Ocotlán y vigile que la solución que se le dé al mismo sea con irrestricto respecto a los derechos de los trabajadores; presentada por la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura, el 4 marzo de 2008. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 50, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. La proposición con punto de acuerdo listada en el proemio de este dictamen fue presentada en la fecha y por la diputada que se mencionaron anteriormente, y publicada en la Gaceta Parlamentaria del 26 de septiembre de 2007. Turnada para su dictamen mediante oficio número D.G.P.L. 60-II-5-1552, dirigido al presidente de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social por la Mesa Directiva de la LX Legislatura.

2. La proposición citada fue turnada a esta comisión para efectos de su análisis y elaboración del dictamen previsto en el artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

1. Refiere la autora de la proposición que se dictamina que Industrias Ocatlán es una empresa textil, propiedad del empresario lsaac Saba Rafoul, quien desde el 30 de marzo de 2007 decidió cerrar la empresa sin respetar los derechos laborales y constitucionales de 480 trabajadores que tenían una antigüedad de 45 años.

Asimismo, señala que dicha persona no puede, o no quiere, pagar las prestaciones y liquidaciones de sus trabajadores de Industrias Ocotlán, estimadas en 223 millones de pesos, y que ante esta situación inverosímil, las autoridades laborales no han hecho nada.

También indica que el propietario de dicha fuente de empleo presentó ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje un amparo ante la calificación de existencia de la huelga, cuando ya existía un recuento del 100 por ciento de votos emitido por los trabajadores en favor de la huelga.

De igual forma, manifiesta que, con la finalidad de negarse a respetar los derechos de los trabajadores, la empresa presentó de manera extemporánea un conflicto de carácter económico, el cual fue aceptado por las autoridades laborales. Argumentándose que la situación de Industrias Ocatlán es culpa del contrabando, de la competencia y, sobre todo, de que sus ventas están concentradas en un mínimo de clientes, además de que su maquinaria tiene ya muchos años de uso, por lo que es obsoleta; asimismo, que los salarios son altos, por lo que no permiten a la empresa ser competitiva.

La diputada refiere que la falta de respeto de los derechos laborales y la insensibilidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para atender el asunto orillaron a los textileros de Ocotlán a realizar un par de plantones en diversas instalaciones del mismo propietario, de lo cual se reseñó en notas periodísticas.

Agrega la proponente que en el país se vive crisis de empleo y que resulta muy grave el cierre de fuentes de trabajo, más cuando se trata de un empresario de reconocida solvencia económica. Además, que resulta muy grave para la economía de la región, y para cientos de familias, el que 480 trabajadores pierdan su fuente de empleo; más aún si a éstos no les fueron respetados sus derechos laborales.

Debido a lo expuesto demanda:

Único: Exhortar al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que intervenga de manera urgente en el conflicto laboral de Industrias Ocotlán, informe sobre las acciones que tome, y vigile que la solución que se le dé al mismo sea con irrestricto respecto a los derechos de los trabajadores. 2. La comisión dictaminadora, luego de revisar el análisis de los autores de la propuesta, opina lo siguiente:

Esta comisión expresa su solidaridad y preocupación ante problemática social que viven los trabajadores textileros, así como la afectación a dicha comunidad.

No obstante, en virtud de las indagatorias de esta comisión, tenemos información de que el conflicto laboral de Industrias Ocotlán (actualmente Hilados Tejidos y Acabados Xtra SA de CV), fue originado por la huelga estallada el 9 de mayo de 2007.

Asimismo, tenemos conocimiento de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha intervenido por la vía de la conciliación en diversas reuniones, en las cuales no se ha llegado a acuerdo alguno entre las partes.

En particular, que el 18 de febrero de 2008 representantes del sindicato y la empresa se reunieron, y se dio un ofrecimiento por parte de la empresa de más de 36 millones de pesos para resolver de manera integral el conflicto, ya que ésta no tiene ninguna posibilidad de reanudar sus actividades porque resulta incosteable como negocio. Ofrecimiento que no se aceptó por el sindicato, por lo que se acordó reanudar las pláticas conciliatorias ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, una vez que se lleve a cabo el estudio de factibilidad y viabilidad de la empresa.

En este sentido, se tiene conocimiento de que el citado estudio de factibilidad hasta la fecha no se ha realizado, por lo que una vez que se concluya, la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, citará a las partes para continuar el diálogo conciliatorio.

En mérito de lo expuesto, en virtud de la información recopilada, y toda vez que el objeto del punto de acuerdo en comento ha sido atendido por la dependencia referida, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que intervenga en el conflicto de Industrias Ocotlán; presentada por la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 4 de marzo de 2008.

Segundo. Archívese el asunto como totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Tomás del Toro del Villar (rúbrica), Juan Manuel Sandoval Munguía (rúbrica), Carlos René Sánchez Gil (rúbrica), Juan Carlos Velasco Pérez (rúbrica), José Antonio Almazán González, Humberto Dávila Esquivel (rúbrica), Ramón Almonte Borja, Luis Ricardo Aldana Prieto (rúbrica), Francisco Antonio Fraile García, Miguel Ángel Gutiérrez Aguilar, Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Alfonso Othón Bello Pérez (rúbrica), Antonio Berber Martínez, Rolando Rivero Rivero (rúbrica), Verónica Velasco Rodríguez, Gustavo Ramírez Villarreal (rúbrica), Demetrio Román Isidoro (rúbrica), Beatriz Collado Lara (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Ramón Félix Pacheco Llanes, Ana Yurixi Leyva Piñón, Rogelio Muñoz Serna (rúbrica), Alfredo Barba Hernández, Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Sonia Nohelia Ibarra Fránquez, Rosario Ignacia Ortiz Magallón, José Luis Gutiérrez Calzadilla (rúbrica), Diego Aguilar Acuña (rúbrica), Jesús Ramírez Stabros (rúbrica).